Pregunta sobre el comercio de la UE con los Territorios Ocupados
E-004516/2021
Respuesta del alto representante y vicepresidente Borrell
en nombre de la Comisión Europea
(6.1.2022)
La posición de la UE es firme en el sentido de que los asentamientos no tienen validez jurídica y constituyen una violación con arreglo al Derecho internacional, como se indica en la Resolución 2334 (2016) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y en numerosas conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores[1]. La UE no reconocerá ninguna modificación de las fronteras anteriores a 1967 (tampoco en lo que respecta a Jerusalén) que no haya sido objeto de acuerdo entre las partes.
La UE acogió también con satisfacción los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, adoptados por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que establecen la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos y exigen, entre otras cosas, «con el fin de identificar, prevenir, mitigar y responder de las consecuencias negativas de sus actividades sobre los derechos humanos, [que] las empresas deben proceder con la debida diligencia en materia de derechos humanos»[2]. La UE insta a todas las empresas, también a las europeas, a aplicar estos Principios en cualquier circunstancia, incluido en Israel y en los Territorios Palestinos Ocupados.
Aunque corresponde en primer término a los Estados miembros informar a las empresas y a los consumidores sobre las empresas y los derechos humanos y sobre el riesgo de operar en los asentamientos, la UE apoya la aplicación de estos Principios Rectores y de las mejores prácticas en este contexto.
[1] Véanse las «Conclusiones del Consejo sobre el Proceso de paz en Oriente Próximo», de 18 de enero de 2016, https://www.consilium.europa.
[2] Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos,https://www.ohchr.org/
Ante ello, el mismo europarlamentario ha vuelto a preguntar a la Comisión Europea por la forma en que la misma, sobre qué va a hacer para que se respeten los Principios Rectores de las Naciones Unidas en los Territorios Ocupados Palestinos:
En su respuesta E-004516/2021, la Comisión reitera su apoyo a los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, adoptados por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. También dice instar a todas las empresas, también a las europeas, a aplicar estos Principios en cualquier circunstancia. Sin embargo, no anuncia ningún tipo de medida o sanción en caso de incumplimiento y elude la situación extraordinaria que se produce en los Territorios Palestinos Ocupados con respecto a los derechos humanos. 1. ¿Tiene previsto la Comisión el desarrollo o la aplicación de medidas en caso de incumplimiento de estos Principios? 2. ¿Cómo planea la Comisión apoyar estos Principios en la práctica, así como cumplir su objetivo de protección de los derechos humanos? |
Última actualización: 4 de febrero de 2022 Mientras la Comisión Europea busca cómo ser coherente, que no lo es, hay una Iniciativa Ciudadana Europea que está reclamando que se regule y prohíba el comercio entre la UE y los asentamientos de los Territorios Ocupados. Esta Iniciativa para que tenga éxito necesita que la apoyes con tu firma. |
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