El gobierno ¿establecerá criterios de penalización o exclusión a las empresas incluidas en la Base de Datos de las NNUU por realizar actividades coloniales?A LA MESA DEL CONGRESO
Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso,
los miembros de la cámara que suscriben formulan las siguientes preguntas al Gobierno
Las empresas públicas tienen un código ético donde se destaca el respeto y apoyo a los
derechos humanos. Así, RENFE establece que "El Grupo Renfe defiende y promueve el
compromiso de cumplir con la doctrina de los derechos humanos, conformando una base
Ética y moral que debe fundamentar la actividad de la empresa, permitiendo una relación
integrada entre las personas y la sociedad". En el caso de ADIF, se dice "Respetamos los
principios establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y la
Declaración Tripartita de la Organización Internacional del Trabajo, y promovemos su
cumplimiento por parte de nuestros proveedores."
Dado que RENFE y ADIF tienen esos principios de actuación, se supone que los aplican
en su política de compras. En este sentido, hay empresas ferroviarias, como CAF; de
construcción, ACS; ingenierías, INECO; instalaciones eléctricas, SEMI, etc., que están
en la Base de Datos de las Naciones Unidas por su actuación en la colonización del
Territorio Palestino o que sus directivos están acusados de promover el contrabando de
bienes de doble uso, TALGO.
¿Se establecen criterios de penalización o exclusión en las licitaciones y concursos de
provisión de bienes o servicios, organizados por las empresas y organismos públicos
a las empresas -españolas o extranjeras- incluidas en la Base de Datos de las
Naciones Unidas por sus prácticas coloniales o las empresas cuyos directivos son
sentenciados por vulnerar los derechos humanos, el comercio de armas y otros
delitos graves?
Palacio del Congreso,
17 de abril de 2026
Enrique Santiago Romero
Portavoz IU / GP Plurinacional SUMAR