viernes, 19 de junio de 2026

No fueron condenados por terrorismo, pero estos activistas palestinos fueron sentenciados como terroristas de todos modos .Natasha Lennard .theintercept.com,


 Un manifestante levanta la mano mostrando el mensaje "Apoyo la Acción por Palestina" mientras es arrestado durante una manifestación en el Tribunal de la Corte de la Corona de Woolwich el 12 de junio de 2026 en Londres. Foto: Martin Pope/Getty Images


No fueron condenados por terrorismo, pero estos activistas palestinos fueron sentenciados como terroristas de todos modos


Este caso marca la primera vez que las condenas por "daños criminales" en el Reino Unido se clasifican como terrorismo.
Cuatro activistas de solidaridad con Palestina con base en el Reino Unido fueron condenados el viernes como terroristas por dañar drones militares y otros equipos en una fábrica de Elbit Systems en Reino Unido en 2024. Elbit, el mayor fabricante de armas de Israel, ha proporcionado la gran mayoría de los drones utilizados en el bombardeo genocida del ejército israelí sobre Gaza, entre otros horrores.
Las sentencias por terrorismo, dictadas por el juez Jeremy Johnson, sentaron un precedente alarmante. Es la primera vez en Reino Unido que alguien enfrenta agravantes por terrorismo en la sentencia sin haber sido condenado por delitos terroristas. También es la primera vez que las condenas por "daños criminales" se clasifican como terrorismo. No es, por supuesto, la primera vez que la llamada excepción de Palestina implica establecer precedentes legales viles.
Como punto de comparación: los activistas condenados, afiliados a la red Palestine Action, pasarán significativamente más tiempo en prisión que la mayoría de las personas arrestadas y condenadas por participar en brutales disturbios supremacistas blancos en todo el Reino Unido en 2024, 2025 y de nuevo en las últimas semanas en Belfast, Irlanda del Norte — disturbios en los que se han incendiado refugios para migrantes y personas negras y latinas han sido golpeadas en las calles.
Los cuatro manifestantes de Elbit, parte de los llamados Filton 25 arrestados en relación con el incidente de la fábrica Elbit, ya llevan más de dos años detenidos. Ahora se enfrentan a cinco años más de prisión por daños criminales con una "conexión terrorista". Un acusado fue condenado a tres años más por golpear a un agente de policía durante el incidente. En cambio, un hombre de 30 años que pateó y golpeó a un hombre negro en la cara durante un motín racial antiinmigrante en Manchester en 2024 fue condenado a tres años de prisión; Aunque el juez presidente lo calificó de "racista violento", no fue etiquetado como terrorista, ni tampoco ninguno de sus compañeros "pogromistas".
"Este es el primer caso, y por tanto el caso de prueba, para intentar condenar a activistas como terroristas mediante un proceso judicial manipulado."
Los activistas de Acción Palestina ya habían sido exonerados previamente de cargos más graves de robo agravado y disturbios violentos. Sin embargo, ahora etiquetados como terroristas, estarán sujetos a al menos 15 años de requisitos de notificación de terroristas, incluyendo la información a la policía sobre detalles personales y financieros y planes de viaje.
Los acusados no fueron condenados por delitos terroristas — el jurado los declaró culpables de daños criminales. Se ocultó explícitamente a los jurados que, al declarar culpables a los manifestantes de actos criminales concretos, también les expusieron a agravantes terroristas severos por parte del juez en la sentencia. El juez Johnson también había establecido estrictas restricciones al juicio: no se permitía a los acusados decir al jurado que sus acciones estaban motivadas por el deseo de salvar vidas palestinas y prevenir mayores crímenes de masacre masiva; no podían mencionar el genocidio en Gaza ni el papel de Elbit en él.
"Los daños criminales nunca antes se habían tratado como terrorismo dentro del sistema judicial británico, y es completamente desproporcionado hacerlo porque el delito ocurrió en una protesta", dijo Kerry Moscogiuri, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Reino Unido, en un comunicado.
"Una condena por terrorismo conlleva restricciones que permanecen con la persona el resto de su vida. Todos deberíamos preocuparnos por lo que esto significa para otras personas que toman medidas directas en protesta ante un genocidio o cualquier otro asunto", dijo Moscogiuri. Calificó la sentencia como un "nuevo mínimo en la represión continua contra las protestas en todo el Reino Unido."
"Este es el primer caso, y por tanto el caso de prueba, para intentar condenar a activistas como terroristas, utilizando un proceso judicial manipulado", dijo Huda Ammori, cofundadora de Palestine Action, a Novara Media.
Palestine Action, una red laxa de defensores y activistas de acción directa de solidaridad con Palestina, ha enfrentado represiones autoritarias extraordinarias en el Reino Unido, incluyendo una prohibición gubernamental bajo la Ley de Terrorismo que convierte cualquier apoyo al grupo en un delito penal.
Por simplemente sostener carteles en manifestaciones y sentadas con lemas como "Apoyo a Palestine Action", casi 3.000 personas han sido arrestadas. Un Tribunal Superior británico declaró ilegal la prohibición del grupo por parte del gobierno en febrero, pero la prohibición sigue vigente mientras el gobierno recurre la decisión. Más de 100 personas, muchas de ellas jubilados mayores, fueron detenidas el viernes fuera de la audiencia de sentencia mientras sostenían carteles en apoyo a Palestine Action.
"Condenar a activistas por un cargo y luego condenarlos como terroristas es más indignante que la prohibición de Palestine Action. Todos deben movilizarse en su contra", dijo Ammori.
Como siempre, la etiqueta de "terrorismo" aquí nos dice más sobre las prioridades ideológicas de las autoridades que la aplican que sobre la naturaleza o el estatus moral de cualquier acto considerado "terrorismo".
El trato a los racistas violentos antiinmigrantes en el Reino Unido ofrece un punto de comparación revelador. Al fin y al cabo, el mismo juez Johnson que sentenció a los acusados de Palestine Action como terroristas y les negó la posibilidad de un juicio justo el año pasado solicitó la liberación anticipada del principal provocador de extrema derecha del Reino Unido, Tommy Robinson. Robinson había sido condenado por desacato al tribunal tras violar continuamente las órdenes judiciales sobre difundir falsas acusaciones contra un refugiado sirio. Un Tribunal Superior rechazó su apelación para la liberación anticipada, que Johnson concedió sin embargo. Robinson ha continuado avivando de forma agresiva y continua más violencia racista y antiinmigrante, como los recientes pogromos en Belfast.
"Si son condenados con una 'conexión terrorista', los Filton 4 no tendrán la misma oportunidad que Robinson, un criminal reincidente, para una liberación anticipada", señaló el grupo de defensa de jurados de conciencia Defend Our Juries.
Para explicar su sentencia por "conexión con el terrorismo" contra los activistas pro-Palestina, el juez dijo: "Estoy seguro de que el delito de daño criminal de cada acusado implicaba daños graves a la propiedad, estaba diseñado para intimidar al gobierno británico y a una parte del público y tenía el propósito de promover una causa política o ideológica."
Hay cierta ironía aquí, en que las acciones tomadas para desactivar el equipo Elbit no fueron específicamente actos de persuasión política. No eran peticiones, ni manifestaciones, ni campañas de presión económica. El objetivo mismo de la acción directa es que pretende interferir con un lugar dado de producción y circulación de materiales; un dron cuadricóptero roto no puede lanzar fuego sobre los cuerpos de civiles palestinos, ni despellejar la carne de niños pequeños palestinos (como se ha demostrado que hace el fuego de cuadricópteros).
Es una triste ironía que los activistas se sientan llamados a actuar directamente precisamente cuando los esfuerzos para presionar a nuestros gobiernos para que pongan fin al apoyo al genocidio fracasan y son tratados como posibles actos criminales.
Si "terrorismo", según Johnson, se refiere a actos criminales con el objetivo de una persuasión ideológica y política, podríamos considerar esto: tras la escalada de los disturbios blancos en Reino Unido contra los inmigrantes, el gobierno ha intentado endurecer aún más su régimen fronterizo y cerrar muchos alojamientos de asilo que se habían convertido en puntos focalizados de protestas racistas. Sin embargo, a la luz del gobierno británico, esto no constituye ceder al terror supremacista blanco. La etiqueta "terrorismo" se reserva para otros objetivos.

jueves, 18 de junio de 2026

A propósito de los cinco de Ulm .Santiago González Vallejo


 A propósito de los cinco de Ulm


Estimada Embajadora de Alemania, Maria Margarete Gosse

Le escribo en relación a un caso judicial, los 5 de Ulm, donde hay una española afectada, Leandra Rollo.
Según la información limitada que me ha llegado, la acusación de la fiscalía alemana, con el apoyo gubernamental alemán, es desproporcionada a los hechos publicados.
La acusación que se hace a esas personas, los 5 de Ulm, sería la autoría de unos posibles daños a unos bienes físicos, nunca a personas, y nunca esos daños pudieron llegar a afectar a personas, y sobre la que se añade, gratuitamente, una acusación de organización criminal, un remedo de la etiqueta de terroristas.
Entre los daños a unos bienes, nunca afectación a personas, y cargos de organización criminal, hay una distancia descomunal. Esas discutibles acciones son fruto, no lo olvidemos, de una protesta contra el comercio de armas a Israel, que tiene cargos de comisión de genocidio y que no respeta medidas cautelares dictadas por la Corte Internacional de Justicia, tampoco el derecho internacional, ni las resoluciones del Consejo de Seguridad, ni de la Asamblea general de las Naciones Unidas.
Creemos que los cargos que se les imputa sólo pueden ser fruto de una distorsión exagerada sobre qué debe ser una posible recriminación social a una conducta.
Una conducta, no lo obviemos, debida a la desobediencia del gobierno alemán ante las diferentes Resoluciones de la Corte Internacional de Justicia que impele a todos los Estados a tomar decisiones que no faciliten la ocupación, la colonización y el presunto genocidio.
Vamos por 73.000 muertos palestinos, ocupación del 70% de Gaza, y expropiaciones y expulsiones por doquier en Cisjordania. Los asentamientos y empresas colonas como Hildeberg Material o los colonos no reciben ninguna sanción alemana.
Le ruego que transmita al gobierno alemán mis preocupaciones por su complicidad con la ocupación, colonización y presunto genocidio que se comete con armas, dinero y empresas alemanas, contra el pueblo palestino y la situación procesal de los 5 de Ulm
Santiago González Vallejo 


La colonización del agua palestina, ¿qué puede hacer la UE? .Santiago González Vallejo, economista, Comité de Solidaridad con la Causa Árabe

Foto: Ahorramas, Madrid

 La colonización del agua palestina, ¿qué puede hacer la UE?

Santiago González Vallejo, economista, Comité de Solidaridad con la Causa Árabe
Política, revista de izquierda Republicana, nº 88/ rebelion.org, 12 de junio de 2026

Después de un rifirrafe verbal, parece que Úrsula Von der Leyen (y lo que representa) han admitido que la Unión Europea debe defender un mundo con reglas y que éstas vienen fijadas por el Derecho internacional y, en su caso, el Consejo de Seguridad y el resto de las normas que emanan de las Naciones Unidas.
Pero, también, parece, al hilo de la política de actos y omisiones realizados por la propia Unión Europea, que los elementos rectores de la UE hacen una lectura parcial y asimétrica del Derecho internacional, ya sea con los actores de la guerra en Ucrania o con el actor que ejerce la ocupación, colonización y matanzas en Palestina. La UE no hace nada para prevenir el genocidio. Y en lo que respecta al derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui, por ejemplo, hace todo lo posible para negarlo.
Un caso paradigmático de lo que es dejar hacer a Israel en su política de colonización: el agua
La economía palestina, como sus habitantes, está ocupada y colonizada. Todo depende de decisiones israelíes. La importación, la exportación o la comercialización de cualquier producto palestino depende, para su buen fin, de las autoridades israelíes. Ahora mismo, miles de millones de euros en impuestos que son de los palestinos los roba Israel, y eso forma parte de su maquinaria estatal.
Los palestinos disponen progresivamente de menos espacio para poder ejercer sus actividades agrícolas o ganaderas: expropiaciones de tierra palestina, expansión de las colonias sionistas, ‘zonas militares cerradas’, ‘reservas naturales’, carreteras de acceso a colonias. A esto, se suma el control de paso a las tierras de labranza o pasto del ganado palestino y las razias conjuntas del ejército y los colonos israelíes, o de cualquier otra nacionalidad que admita la política discriminatoria israelí. Y además de estas limitaciones, y antes de poder vender esa cosecha o los derivados del ganado a una población empobrecida y de forma logistica laberíntica, están los costes de producción, el acceso a insumos productivos y al agua.
Tras la ocupación israelí de Cisjordania y Gaza, en 1967, las autoridades israelíes forjaron toda una pléyade de normas para controlar todos los recursos hídricos y las infraestructuras relacionadas con el agua en los Territorios Ocupados.
Desde 1967, con la Orden Militar 158 de los israelíes, se establece su control y sus imprescindibles permisos, que raramente se obtienen, para que los palestinos no puedan construir ninguna instalación, pozo o infraestructura hidráulica. Los palestinos no pueden embalsar o recoger agua de lluvia. No tienen acceso al rio Jordán u otros manantiales como el acuífero de la Montaña en Cisjordania. Las aguas subterráneas o las aguas residuales también forman parte de la apropiación israelí.
Para el control de toda el agua de la Palestina histórica existe una política israelí de distribución y coste del agua no equitativa, ejecutada a través de la empresa pública israelí Mekorot. El agua forma parte de la política de jibarización y colonización de la economía y el bienestar del pueblo palestino.
Una lechuga o una granada de Tulkarem, en el norte de Cisjordania, no se puede vender en Jerusalén. Y es improbable que llegase a Hebrón en el sur. Pero, además, sería más cara su obtención que la producida en las colonias sionistas del Valle del Jordán o en territorio formalmente israelí. Las tiendas palestinas están llenas de productos israelíes, algunos producidos en las colonias próximas, más baratos y ‘competitivos’ frente a unos consumidores que tienen pocos ingresos.
Los embajadores europeos de la zona lo saben y han elaborado informes sobre la desigualdad resultante en el acceso al agua entre israelíes y palestinos, entre colonos y palestinos, medida en litros por persona, cuatro veces más para los primeros que para los segundos. El dictamen de la Corte Internacional de Justicia de 19 de julio de 2024 establece que se debe combatir el colonialismo israelí y no permitir su expansión.
El desarrollo económico, los recursos, la economía palestina, de facto, están subvencionando a la agricultura de las colonias y sus piscinas, al campo israelí, y al desarrollo económico israelí.
Por eso es oportuna la pregunta del europarlamentario Vicent Marzá (Compromís, Verts ALE), dirigida a la Comisión Europea, en la que, sin entrar en razonamientos morales sobre la política israelí de ocupación y colonización, dado el doble rasero tradicional de ésta en lo que atañe a Israel, traslada la falta de cumplimiento de las propias normas europeas de competencia por parte israelí en su producción agrícola y ganadera, lo cual debería invalidar su acceso al mercado europeo.
Pregunta de Vicent Marzá: Competencia desleal derivada del acceso desigual al agua en Israel y los territorios ocupados (27 de febrero de 2026):
“La política comercial de la Unión se rige por estimular la competencia y las buenas prácticas empresariales. En este sentido, hay informes de las Naciones Unidas, de la Unión Europea y de las embajadas europeas ante Israel y el Estado de Palestina que informan del control y la distribución asimétrica del agua palestina y de los Altos del Golán sirios por parte israelí respecto de las aguas superficiales, subterráneas, lluvia y residuales y depuradas.
Existe un expolio que favorece a la agricultura israelí frente a la agricultura de territorios ocupados en cantidad y precio, por lo que la primera está dopada a costa de las segundas.
La Unión tiene instrumentos para no favorecer esa competencia desleal de la agricultura israelí y de los asentamientos ilegales que también perjudica a la competitividad de la agricultura europea.
Ante esta situación, se formula la siguiente pregunta a la Comisión:¿Va a suspender temporalmente la importación de productos agroganaderos israelíes y de los asentamientos hasta que haya un reparto equitativo de agua entre palestinos e israelíes, tenga el mismo precio para unos y otros y no se perjudique a la agroganadería europea por ese dopaje sobre el agua que está realizando Israel?Presentación: 27.2.2026
La respuesta que dé la Comisión Europea, la Comisaria de Competencia, Teresa Rivera, nos dará una idea cabal sobre si las palabras de Úrsula Von der Leyen tienen correlación con los hechos o, nuevamente, muestran la dolosa doblez europea.
Respuesta posterior al escrito
La política comercial de la UE con respecto a Israel y Palestina[1] puede contribuir a abordar algunas de las cuestiones planteadas en la pregunta de Su Señoría en lo que respecta a las mercancías exportadas a la UE.
Las preferencias comerciales concedidas a Israel en virtud del Acuerdo de Asociación UE-Israel[2] no se aplican a las mercancías originarias de los asentamientos israelíes en los Territorios Palestinos Ocupados ni en los Altos del Golán.
En cambio, la UE concede preferencias comerciales a las mercancías originarias de Palestina de conformidad con el Acuerdo Interino de Asociación UE-Palestina[3]. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha confirmado que las mercancías originarias de asentamientos israelíes en los Territorios Palestinos Ocupados no pueden acogerse al trato preferencial en virtud del Acuerdo Interino de Asociación UE-Palestina.
Por lo que se refiere a la suspensión temporal de las importaciones, el artículo 23 del Acuerdo de Asociación UE-Israel permite a cualquiera de las Partes adoptar medidas de salvaguardia si un producto se importa en cantidades cada vez mayores y en tales condiciones que provoque perturbaciones graves en cualquier sector de la economía o dificultades que puedan producir un deterioro grave de la situación económica de una región o mercado de la parte importadora. Sin embargo, la información facilitada no permite determinar si las importaciones procedentes de Israel están causando perturbaciones sectoriales o dificultades regionales tan graves.
El 17 de septiembre de 2025, tras la intervención militar de Israel en la Franja de Gaza, la Comisión adoptó una propuesta de Decisión del Consejo relativa a la suspensión de determinadas disposiciones del Acuerdo de Asociación relacionadas con el comercio[4].



La Unión Europea sigue sin prohibir el comercio con los asentamientos, facilitando la colonización

 La Unión Europea sigue sin prohibir el comercio con los asentamientos, facilitando la colonización

Prácticas aduaneras relacionadas con productos importados de asentamientos israelíes ilegales ubicados en los territorios palestinos ocupados
21.4.2026
Pregunta con solicitud de respuesta escrita  E-001633/2026
a la Comisión
Artículo 144 del Reglamento interno
Cecilia Strada (S&D), Ana Miranda Paz (Verts/ALE), Mélissa Camara (Verts/ALE), Mounir Satouri (Verts/ALE), Sandro Ruotolo (S&D), Per Clausen (The Left), Matjaž Nemec (S&D), Villy Søvndal (Verts/ALE), Rasmus Nordqvist (Verts/ALE), Kira Marie Peter-Hansen (Verts/ALE), Catarina Vieira (Verts/ALE), Evin Incir (S&D), Maria Ohisalo (Verts/ALE), Brando Benifei (S&D), João Oliveira (The Left), Thomas Bajada (S&D), Thijs Reuten (S&D), Ville Niinistö (Verts/ALE), Fidias Panayiotou (NI), Benedetta Scuderi (Verts/ALE), Daniel Attard (S&D), Abir Al-Sahlani (Renew), Hilde Vautmans (Renew), Saskia Bricmont (Verts/ALE), Elio Di Rupo (S&D), Damien Carême (The Left), Mohammed Chahim (S&D), Marco Tarquinio (S&D), Vicent Marzà Ibáñez (Verts/ALE), Georgia Tramacere (S&D), Rudi Kennes (The Left), Hana Jalloul Muro (S&D), Mimmo Lucano (The Left), Giorgio Gori (S&D), Leoluca Orlando (Verts/ALE), Nikos Pappas (The Left), Cristina Guarda (Verts/ALE), Kateřina Konečná (NI), Robert Biedroń (S&D), Annalisa Corrado (S&D), Yvan Verougstraete (Renew), Ondřej Dostál (NI), Pernando Barrena Arza (The Left), Bruno Gonçalves (S&D), Kathleen Funchion (The Left), Lynn Boylan (The Left), Diana Riba i Giner (Verts/ALE), Alessandro Zan (S&D), Maria Zacharia (NI), Leire Pajín (S&D), Lucia Yar (Renew), Chloé Ridel (S&D), Arash Saeidi (The Left), César Luena (S&D), Rosa Serrano Sierra (S&D), Vladimir Prebilič (Verts/ALE), Kim Van Sparrentak (Verts/ALE), Rima Hassan (The Left), Tineke Strik (Verts/ALE), Barry Andrews (Renew), Majdouline Sbai (Verts/ALE), Marta Temido (S&D), Isabel Serra Sánchez (The Left), Marc Botenga (The Left), Estrella Galán (The Left), Christophe Clergeau (S&D), Branislav Ondruš (NI), Nacho Sánchez Amor (S&D), Manon Aubry (The Left), Hanna Gedin (The Left), Jan-Peter Warnke (NI), Irene Montero (The Left)
De conformidad con el Reglamento (UE) n.º 1169/2011[1], la información alimentaria facilitada debe proporcionar una base para que los consumidores finales tomen decisiones con conocimiento de causa y hagan un uso seguro de los alimentos, también con respecto a consideraciones sociales y éticas.
De conformidad con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-363/18, la Comisión debe garantizar el derecho de los consumidores de la Unión a ser informados adecuadamente cuando se importen productos de asentamientos israelíes ubicados en los territorios palestinos ocupados. Además, si se etiquetara incorrectamente un producto procedente de un asentamiento israelí ubicado en los territorios palestinos ocupados, se le concedería ilegalmente el trato arancelario preferencial establecido en el Acuerdo de Asociación UE-Israel.
A la luz de todo lo anterior:
  • 1.
    ¿Cuáles son las prácticas aduaneras cuando las mercancías procedentes de asentamientos se presentan para su despacho a libre práctica sin un etiquetado adecuado, o cuando existe la sospecha de que el etiquetado es engañoso?
  • 2.
    ¿Disponen las autoridades aduaneras de los Estados miembros de la Unión de herramientas para comunicar, en sus notificaciones diarias a la Comisión sobre los productos despachados a libre práctica, que algunos de ellos proceden de asentamientos israelíes ubicados en los territorios palestinos ocupados?
  • 3.
    ¿Provocarían la suspensión del Acuerdo de Asociación UE-Israel prácticas deliberadas de etiquetado incorrecto y el consiguiente acceso fraudulento al trato arancelario preferencial?
Presentación: 21.4.2026
  • [1] Reglamento (UE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1924/2006 y (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE y 2008/5/CE de la Comisión y el Reglamento (CE) n.º 608/2004 de la Comisión (DO L 304 de 22.11.2011, p. 18, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2011/1169/oj).

miércoles, 17 de junio de 2026

Los Cinco de Ulm .Jaume Asens


 Los activistas propalestinos conocidos como los Cinco de Ulm. / Palestine Action


Leandra Rollo vista detrás de una pantalla de vidrio en el juicio de Palestine Action "Ulm 5", acusada de irrumpir en las oficinas de Elbit en el sur de Alemania, en el complejo penitenciario de Stannheim cerca de Stuttgart, 27 de abril de 2026. (Ignacio Rosaslanda
Los Cinco de Ulm: ¿quiénes son realmente los criminales?
Alemania construyó una identidad política basada en la promesa del Nunca Más. Sin embargo, Gaza ha revelado que el país que juró no volver a colaborar con crímenes de exterminio está de nuevo en el lado de quienes los hacen posibles
Jaume Asens
ctxt.es, 12 de junio de 2026
Alemania prometió que nunca más sería cómplice de un genocidio. Hoy encarcela a quienes intentan impedir uno. Los Cinco de Ulm llevan meses en prisión preventiva por una acción, realizada en septiembre de 2025, contra instalaciones de Elbit Systems, una de las principales empresas armamentísticas que abastecen al ejército israelí. No están acusados de haber atacado a personas ni de representar una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, en el juicio que se está siguiendo contra ellos comparecen en jaulas de cristal y esposados. Mientras, permanecen sometidos a condiciones de detención que vulneran principios fundamentales del Estado de derecho y la presunción de inocencia.
Pero el problema no son los Cinco de Ulm, entre ellos una ciudadana española [Leandra Rollo]. El problema es Alemania. Durante décadas, Alemania construyó una identidad política basada en la promesa del Nunca Más. Sin embargo, Gaza ha revelado que el país que juró que nunca volvería a colaborar con crímenes de exterminio vuelve a encontrarse del lado de quienes los hacen posibles.
Y esta vez lo hace frente a un derecho internacional consolidado y contra resoluciones judiciales inequívocas. La Corte Internacional de Justicia ha dictado medidas cautelares de obligado cumplimiento para prevenir el genocidio en Gaza. Obligan no solo a Israel, sino también al resto de la comunidad internacional. A partir de ellas, ningún gobierno puede afirmar que ignoraba lo que estaba ocurriendo.
Cuando Alemania y EEUU continúan proporcionando apoyo político, diplomático, económico o militar a un régimen que se parece demasiado al que Europa prometió no volver a tolerar jamás, la cuestión de la responsabilidad deja de ser abstracta.
En derecho penal existe una figura bien conocida: la cooperación necesaria. Un crimen no lo comete únicamente quien aprieta el gatillo. También es responsable quien proporciona los medios sin los cuales ese crimen no podría cometerse. La justicia internacional ya ha aplicado este principio. El caso más conocido es el de Charles Taylor, expresidente de Liberia, condenado por facilitar armamento a grupos responsables de atrocidades masivas en Sierra Leona.
La pregunta resulta inevitable. Si los Cinco de Ulm están hoy sentados en el banquillo por intentar impedir que esas armas siguieran llegando a Gaza, ¿no sería más razonable preguntarse si quien debería estar sentado en el banquillo de acusados ante la Corte Penal Internacional junto a Benjamin Netanyahu es el canciller alemán Friedrich Merz o el presidente de EEUU? Incluso la inacción puede generar responsabilidad jurídica. Así lo reconoció recientemente el Tribunal de Apelación de Bruselas, en marzo de 2026, al advertir de que la pasividad de las autoridades belgas frente a lo que sucede en Gaza puede tener consecuencias legales. Pero el caso alemán va mucho más allá de la inacción. Estamos hablando de colaborar.
Quizá la respuesta a esa pregunta hay que buscarla en el pasado colonial de Alemania en Namibia. Quizá por eso Gaza ha abierto una herida tan profunda. ¿Qué ocurre cuando quienes sufren la deshumanización no son europeos sino árabes, musulmanes o palestinos? La respuesta la estamos viendo hoy. En Alemania, cada vez con más frecuencia, la criminalización se dirige contra palestinos, árabes, musulmanes e incluso contra judíos que rechazan identificar el judaísmo con las políticas del Estado de Israel.
Ochenta años después de Auschwitz, el mayor problema no es que el antisemitismo no haya desaparecido. El mayor problema es que las estructuras mentales que hicieron posible la deshumanización se han desplazado hacia otros cuerpos y otros pueblos. Alemania prometió que nunca más permitiría que un pueblo fuera reducido a una categoría inferior de seres humanos.
Por eso el caso de los Cinco de Ulm importa mucho más de lo que parece. Si quienes intentan impedir un genocidio terminan entre rejas mientras quienes contribuyen a hacerlo posible ocupan los despachos ministeriales, ¿quiénes son realmente los criminales?


CAF y el tren ligero de Jerusalén: cinco afirmaciones corporativas que desoyen el derecho internacional y los derechos humanos Nuria Berro Fernández, responsable de campaña sobre empresas y derechos humanos en Amnistía Internacional España,


 

CAF y el tren ligero de Jerusalén: cinco afirmaciones corporativas que desoyen el derecho internacional y los derechos humanos

Nuria Berro Fernández, responsable de campaña sobre empresas y derechos humanos en Amnistía Internacional España, 

Amnistía Internacional España, 11 de junio de 2026

Contenidos

·                     1. La pretendida “neutralidad” de un proyecto que vulnera el derecho internacional

·                     2. Invocar estándares internacionales mientras se niegan las obligaciones que generan

·                     3. Debida diligencia intensificada, derechos humanos ignorados

·                     4. Compromiso formal con normativa de Naciones Unidas vs. menosprecio a sus investigaciones

·                     5. Compromiso de transparencia vs. falta de publicación de informes

·                     Recomendaciones de Amnistía Internacional

La empresa vasca Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles S.A (CAF), que celebra este sábado 13 de junio su junta anual de accionistas, lleva años menospreciando el derecho internacional y los derechos humanos. CAF participa desde 2019 en la ampliación de la red de tren ligero de Jerusalén, un proyecto declarado ilegal por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas que une asentamientos israelíes ilegales entre sí y con Jerusalén Occidental.

En el último año, CAF ha sido señalada por Francesca Albanese, relatora especial de Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado desde 1967, en su informe De la Economía de la Ocupación, a la economía del genocidio y el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos la ha incluido en su base de datos de empresas con actividades que plantean especial preocupación en materia de derechos humanos por su actividad en Territorio Palestino Ocupado. Además, el pasado mes de abril se hizo pública la denuncia ante la Fiscalía presentada por seis organizaciones de la sociedad civil contra directivos de CAF y la Fiscal ha abierto una investigación por su posible participación en la comisión de crímenes internacionales.

A pesar de estos señalamientos, que se suman a las reiteradas peticiones de organizaciones como Amnistía Internacional, la compañía mantiene su participación en el proyecto. Lejos de valorar la retirada responsable en coherencia con su afirmación de respetar el derecho internacional y los derechos humanos, CAF obvia las violaciones de derechos humanos y menosprecia a organismos internacionales como Naciones Unidas en los informes que se votarán en su junta de accionistas de 2026.

Tras un detallado análisis, Amnistía Internacional ha contrastado las afirmaciones de CAF en estos informes e identificado las siguientes afirmaciones que desoyen el derecho internacional y los derechos humanos. En consecuencia hace un llamamiento a accionistas para votar en contra de la aprobación de dichos informes, solicitar a la compañía el inmediato abandono del proyecto y, en caso de no producirse, retirar la inversión en CAF. Los argumentos rebatiendo las afirmaciones de CAF se recogen en un documento que ha sido enviado a los accionistas de referencia de la compañía: Cartera Social, S.A., Bilbao Bizkaia Kutxa Fundación Bancaria, Fundación Privada Daniel Bravo Andreu, Indumentaria Pueri S.L. (Mayoral) y el Instituto Vasco de Finanzas (Gobierno Vasco). Amnistía Internacional les ha solicitado a todos ellos una reunión para repasarlos y ha reforzado el llamamiento a la desinversión.

 


Miembros de las fuerzas de seguridad israelíes controlan el acceso en un puesto de control cercano a la Puerta de los Leones, en Jerusalén, mientras personas musulmanas esperan para entrar en el recinto de la mezquita de Al Aqsa antes de la oración del viernes. La imagen fue tomada en el contexto del conflicto entre Israel y Hamás. © Saeed Qaq / SOPA Images

1. La pretendida “neutralidad” de un proyecto que vulnera el derecho internacional

El proyecto de tranvía no puede considerarse una simple iniciativa de movilidad urbana como las que CAF desarrolla en ciudades como Madrid, Bilbao o Barcelona, entre muchas otras en todo el mundo. El proyecto contribuye a la vida en los asentamientos, a su crecimiento y sostenibilidad económica y facilita el movimiento de la población colona. Los asentamientos israelíes son ilegales. Lo dicen claro el IV Convenio de Ginebra, la Corte Internacional de Justicia o la Unión Europea, entre otros. Con su participación en el proyecto de tren ligero, CAF está facilitando las violaciones del derecho internacional por parte de Israel y de los derechos humanos de las personas palestinas, apoyando la consolidación de la brutal ocupación de Israel y su sistema de apartheid.

CAF afirma que el proyecto contribuye a la movilidad de las personas, sin discriminación. Sin embargo, obvia el hecho de que los movimientos de la población palestina están fuertemente restringidos, elemento estructural del sistema de apartheid israelí sobre Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental. Las restricciones dependen del estatus administrativo y legal otorgado por Israel y en el caso de las personas palestinas residentes en Jerusalén Oriental, anexionada ilegalmente por Israel en 1980, no tienen libre acceso a los asentamientos sino que solo pueden entrar en ellos previa autorización de las autoridades israelíes por motivos específicos.

Ninguna actividad económica es neutral, pero mucho menos una que contribuye a la vulneración de los derechos humanos.

2. Invocar estándares internacionales mientras se niegan las obligaciones que generan

CAF insiste en que asume su responsabilidad de respetar los derechos humanos, basándose para ello en los estándares marcados por Naciones Unidas y la OCDE, entre otros instrumentos. Al mismo tiempo destaca la opinión de especialistas que ha consultado y que afirman que estos textos no son vinculantes para una empresa. Es decir, respetar los derechos humanos se convierte así para la compañía en opcional, lo que queda muy lejos de la intención expresada de asumir su responsabilidad.

La obligación de las empresas de respetar los derechos humanos está consolidada en el derecho internacional y recogida entre otras en directivas de la Unión Europea.

3. Debida diligencia intensificada, derechos humanos ignorados

CAF afirma haber aplicado la debida diligencia que es el proceso por el cual las empresas toman todas las medidas necesarias y eficaces para identificar, prevenir, mitigar, rendir cuentas y responder por los impactos negativos, reales o potenciales de sus propias actividades o las de su cadena de valor. Pero en ningún momento ha hecho públicos los mecanismos supuestamente activados, tanto antes de la licitación del proyecto como posteriormente durante su ejecución, y que sostienen su afirmación de no estar contribuyendo a violaciones de derechos humanos.

Un proceso riguroso de debida diligencia no puede obviar que Naciones Unidas y la Unión Europea ya habían declarado como ilegales los asentamientos israelíes y el Consejo de Derechos Humanos había pedido el cese del proyecto del tranvía desde 2016, ni tampoco las denuncias de organizaciones como Amnistía Internacional.

CAF no puede sostener que sus operaciones carecen de impactos en derechos humanos, dado que su análisis omite elementos esenciales del contexto, los riesgos asociados a la ocupación militar y las obligaciones internacionales de debida diligencia que le competen. La condición ilegal de los asentamientos y los abusos graves, generalizados y sistemáticos contra los derechos humanos que se cometen como consecuencia de su existencia misma hacen del todo imposible que las empresas comerciales desarrollen actividades empresariales en los asentamientos de una manera compatible con el derecho internacional humanitario y de los derechos humanos.

Hasta la fecha, CAF no ha presentado públicamente evidencia suficiente que la exima de responsabilidad por su eventual contribución a vulneraciones de derechos humanos, limitándose a formular declaraciones genéricas.

 


Trabajadores de la construcción participan en las obras de la Línea Verde del tren ligero de Tel Aviv, en el norte de la ciudad. El proyecto incluye la construcción de un puente y una estación como parte de la ampliación de la red de transporte público. © Chen Junqing / Xinhua.

4. Compromiso formal con normativa de Naciones Unidas vs. menosprecio a sus investigaciones

En 2025, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, tras la pertinente investigación, incorporó a CAF a la lista de más de 100 empresas que participan en actividades que plantean especial preocupación en materia de derechos humanos. Los motivos son tres: 

·                     el suministro de equipos y materiales que facilitan la construcción y expansión de los asentamientos;

·         la prestación de servicios de apoyo a su mantenimiento;

·         la utilización de recursos naturales para fines empresariales.

CAF resta importancia a esta inclusión argumentando que no conlleva ninguna calificación jurídica. Sin embargo, el hecho de que no genere sanciones ni efectos jurídicos no exime a la empresa de reconocer la gravedad de la situación ni de asumir su responsabilidad y proceder a una retirada responsable.

5. Compromiso de transparencia vs. falta de publicación de informes

La empresa no ha dado cumplimiento efectivo ni a sus propios compromisos internos de transparencia ni a las exigencias derivadas de la debida diligencia en materia de derechos humanos que incluyen una comunicación detallada en todo lo referido al análisis de riesgos, los informes encargados a terceras personas expertas y las medidas adoptadas para prevenir y mitigar los riesgos identificados.

De esta manera, está incumpliendo su compromiso de transmitir información financiera y no financiera de forma completa y veraz para que la toma de decisiones de los inversores se pueda basar en el conocimiento y la comprensión.

Recomendaciones de Amnistía Internacional

A CAF:

·                     Suspender de inmediato su provisión de productos y servicios al tren ligero de Jerusalén que conecta el territorio israelí con asentamientos en el Territorio Palestino Ocupado,

·         No optar a ningún otro contrato público que pueda contribuir a la ocupación ilegal de territorio palestino por parte de Israel.

A LOS INVERSORES:

·                     Requerir a CAF la retirada responsable del proyecto, instándole a adoptar las medidas necesarias para su desvinculación del mismo.

·         En caso de que la empresa no proceda en tal sentido, se recomienda proceder a la desinversión responsable, en atención a los riesgos jurídicos, reputacionales y de derechos humanos identificados.

·         Votar en contra de la aprobación del informe anual y del informe de información no financiera en el marco de la Junta de Accionistas.

A LA EMPRESA AUDITORA:

·                     Proceder a una revisión exhaustiva del contenido del informe a la luz de los elementos y argumentos expuestos, a fin de evaluar su suficiencia, consistencia y adecuación a los estándares internacionales aplicables en materia de derechos humanos y debida diligencia empresarial.

A LAS AGENCIAS DE CALIFICACIÓN CREDITICIA:

·                     Revisar la calificación otorgada a la empresa a la luz de los presentes elementos, valorando el impacto potencial de los riesgos asociados en materia de derechos humanos, cumplimiento normativo y sostenibilidad, de conformidad con sus metodologías de evaluación de riesgo.

INFORME COMPLETO



 


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