jueves, 30 de septiembre de 2021

El Tribunal General europeo anula las decisiones del Consejo a los Acuerdos entre la UE y Marruecos


 El Tribunal General europeo anula las decisiones del Consejo a los Acuerdos entre la UE y Marruecos


Sentencias en el asunto T-279/19 y en los asuntos acumulados T-344/19 y T-356/19 
Frente Polisario/Consejo
Tribunal General de la Unión Europea 
COMUNICADO DE PRENSA n.º 166/21 
Luxemburgo, 29 de septiembre de 2021 


El Tribunal General anula las decisiones del Consejo relativas, por una parte, al Acuerdo entre la UE y Marruecos por el que se modifican las preferencias arancelarias concedidas por la UE a los productos de origen marroquí y, por otra parte, a su acuerdo de colaboración de pesca sostenible 

No obstante, los efectos de esas decisiones se mantienen durante un cierto período de tiempo, con el fin de preservar la acción exterior de la Unión y la seguridad jurídica de sus compromisos internacionales

Estos asuntos versan sobre recursos de anulación interpuestos por el Frente Popular para la Liberación de Saguía el Hamra y Río de Oro (Frente Polisario) contra dos decisiones del Consejo por las que se aprueba la celebración de acuerdos entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos. 1 

Los acuerdos aprobados mediante las decisiones impugnadas («acuerdos controvertidos») son el resultado de negociaciones llevadas a cabo en nombre de la Unión, con Marruecos, a raíz de dos sentencias pronunciadas por el Tribunal de Justicia, 2 con el fin de modificar los acuerdos anteriores. Por una parte, se trataba de celebrar un acuerdo que modificara los Protocolos del Acuerdo Euromediterráneo de asociación 3 , relativos al régimen aplicable a la importación en la Unión Europea de los productos agrícolas originarios de Marruecos y a la definición del concepto de «productos originarios», para hacer extensivo a los productos procedentes del Sáhara Occidental exportados bajo el control de las autoridades aduaneras marroquíes el beneficio de las preferencias arancelarias concedidas a los productos de origen marroquí exportados a la Unión. Por otra parte, se quería modificar el Acuerdo de Pesca entre la Comunidad Europea y Marruecos 4 y, en particular, incluir en el ámbito de aplicación de dicho Acuerdo las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental. 

El Frente Polisario pidió la anulación de las decisiones impugnadas mediante escritos de demanda presentados en 2019. Afirmando actuar «en nombre del pueblo saharaui», alega entre otras cosas que el Consejo incumplió las obligaciones que incumbían a la Unión en el marco de sus relaciones con Marruecos en virtud del Derecho de la Unión y del Derecho Internacional al haber aprobado los acuerdos controvertidos, mediante las decisiones impugnadas, sin el consentimiento de dicho 
pueblo. En efecto, según el Frente Polisario, los mencionados acuerdos se aplican al Sáhara Occidental, prevén la explotación de sus recursos naturales y favorecen la política anexionista de Marruecos sobre dicho territorio. Además, aduce que el segundo de esos Acuerdos también se aplica a las aguas adyacentes al citado territorio. En concreto, el Frente Polisario sostiene que los Acuerdos no son conformes con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia sentada en las sentencias Consejo/Frente Polisario (C-104/16 P) y Western Sahara Campaign UK (C-266/16), que en su opinión excluyen esa aplicación territorial. 

Mediante sus sentencias en el asunto T-279/19, por una parte, y en los asuntos acumulados T344/19 y T-356/19, por otra parte, el Tribunal General anula las decisiones impugnadas, decidiendo no obstante que sus efectos se mantengan durante un cierto período de tiempo, 5 pues su anulación con efectos inmediatos podría tener graves consecuencias sobre la acción exterior de la Unión y poner en cuestión la seguridad jurídica de los compromisos internacionales asumidos por esta. En cambio, el Tribunal General declara inadmisible el recurso del Frente Polisario en el asunto T-356/19, interpuesto contra el Reglamento relativo al reparto de las posibilidades de pesca en virtud del Acuerdo de colaboración de pesca, por considerar que no lo afecta directamente. 6 

Apreciación del Tribunal General 
Sobre la admisibilidad del recurso
En primer lugar, el Tribunal General comprueba si el Frente Polisario tiene capacidad procesal ante los órganos jurisdiccionales de la Unión. En efecto, según el Consejo y las partes intervinientes, el Frente Polisario no tiene personalidad jurídica en virtud del Derecho interno de un Estado miembro, no es un sujeto de Derecho Internacional y no reúne los criterios establecidos por los órganos jurisdiccionales de la Unión para reconocer capacidad procesal a una entidad carente de personalidad jurídica. En su opinión, el Frente Polisario no sería una persona jurídica en el sentido del artículo 263 TFUE, párrafo cuarto. 

Citando su jurisprudencia anterior, el Tribunal General precisa que esta no excluye que la capacidad de actuar ante el juez de la Unión pueda reconocerse a una entidad, independientemente de su personalidad jurídica de Derecho interno, especialmente si así lo requieren las exigencias de la tutela judicial efectiva, pues debe descartarse una interpretación restrictiva del concepto de persona jurídica. Al examinar la cuestión de si el Frente Polisario tiene personalidad jurídica en Derecho Internacional público, el Tribunal General estima que el papel y la representatividad del Frente Polisario le confieren capacidad procesal ante el juez de la Unión. 

A este respecto, el Tribunal General hace constar que el Frente Polisario goza de reconocimiento a nivel internacional como representante del pueblo del Sáhara Occidental, aun suponiendo que dicho reconocimiento se inscriba en el marco limitado del proceso de autodeterminación del citado territorio. Además, su participación en ese proceso implica que cuenta con la autonomía y la responsabilidad necesarias para actuar en ese contexto. Por último, las exigencias de la tutela judicial efectiva requieren que se reconozca al Frente Polisario la capacidad de recurrir ante el Tribunal General para defender el derecho a la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental. El Tribunal General concluye por tanto a partir de ahí que el Frente Polisario es una persona jurídica en el sentido del artículo 263 TFUE, párrafo cuarto, y desestima la causa de inadmisión del Consejo.

En segundo lugar, el Tribunal General examina la causa de inadmisión del Consejo basada en la falta de legitimación del Frente Polisario. En cuanto a la cuestión de si las decisiones impugnadas afectan directamente al Frente Polisario, el Tribunal General destaca que una decisión de celebrar un acuerdo internacional en nombre de la Unión es un elemento constitutivo de dicho acuerdo y que, por lo tanto, los efectos de la aplicación de ese acuerdo sobre la situación jurídica de un tercero son pertinentes para apreciar si resulta directamente afectado por la decisión de que se trate. En este caso, con el fin de defender los derechos que para el pueblo del Sáhara Occidental emanan de las reglas del Derecho Internacional que vinculan a la Unión, el Frente Polisario debe poder invocar los efectos de los acuerdos controvertidos sobre los citados derechos para demostrar que le afectan directamente. Pues bien, el Tribunal General considera que, en la medida en que los acuerdos controvertidos se aplican expresamente al Sáhara Occidental, así como, por lo que respecta al segundo de esos acuerdos, a las aguas adyacentes a este, afectan al pueblo de dicho territorio y requerían que se obtuviera su consentimiento. Por consiguiente, el Tribunal General concluye que las decisiones impugnadas tienen efectos directos sobre la situación jurídica del Frente Polisario en su calidad de representante de ese pueblo y de parte en el proceso de autodeterminación de dicho territorio. Por último, el Tribunal General subraya que, en lo tocante a su aplicación territorial, la puesta en práctica de los acuerdos controvertidos tiene un carácter puramente automático y no deja ninguna facultad de apreciación a sus destinatarios. 

En lo que respecta a si el Frente Polisario resulta individualmente afectado, el Tribunal General señala que, habida cuenta de las circunstancias que han llevado a concluir que resulta directamente afectado, en particular de su situación jurídica como representante del pueblo del Sáhara Occidental y como parte en el proceso de autodeterminación de ese territorio, debe considerarse que el Frente Polisario resulta afectado por las decisiones impugnadas debido a cualidades particulares que lo individualizan de manera análoga a como lo sería el destinatario de esas decisiones. 

En lo concerniente al fondo y, más concretamente, a la cuestión de si el Consejo incumplió la obligación de ajustarse a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia relativa a las reglas de Derecho Internacional aplicables a los acuerdos controvertidos, el Tribunal General indica que, en la sentencia Consejo/Frente Polisario, el Tribunal de Justicia dedujo del principio de autodeterminación y del principio de efecto relativo de los tratados obligaciones claras, precisas e incondicionales que han de presidir las relaciones entre la Unión y Marruecos en lo tocante al Sáhara Occidental: por una parte, el respeto de su estatuto separado y distinto y, por otra parte, la obligación de garantizar el consentimiento de su pueblo en caso de aplicación del Acuerdo de asociación sobre dicho territorio. En consecuencia, el Frente Polisario debe poder invocar contra las decisiones impugnadas el incumplimiento de las mencionadas obligaciones, en la medida en que dicho incumplimiento puede afectar a ese pueblo, en su calidad de tercero respecto de un acuerdo celebrado entre la Unión y Marruecos. En este contexto, el Tribunal General rechaza la alegación esgrimida por el Frente Polisario según la cual la Unión y Marruecos no pueden celebrar un acuerdo aplicable al Sáhara Occidental, puesto que esta hipótesis no queda descartada por el Derecho Internacional, tal y como lo interpreta el Tribunal de Justicia. 

En contrapartida, el Tribunal General acoge la alegación del Frente Polisario mediante la que alega que no se ha respetado la exigencia relativa al consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental, en su calidad de tercero respecto de los acuerdos controvertidos, en el sentido del principio de efecto relativo de los Tratados. 

A este respecto, por una parte, el Tribunal General considera que no es aplicable en este caso la regla del Derecho Internacional en virtud de la cual el consentimiento de un tercero respecto de un acuerdo internacional puede presumirse cuando la intención de las partes en dicho acuerdo haya sido concederle derechos, puesto que la finalidad de los acuerdos controvertidos no es conceder derechos a dicho pueblo, sino que le imponen, en cambio, obligaciones. 

Por otra parte, el Tribunal General destaca que, cuando una regla de Derecho Internacional exige el consentimiento de una parte o de un tercero, la expresión de dicho consentimiento condiciona la validez del acto para el que se requiere, la validez de ese propio consentimiento depende de su carácter libre y auténtico, y ese acto es oponible a la parte o al tercero que haya dado válidamente su consentimiento al respecto. Sin embargo, no puede considerarse que las gestiones emprendidas por las autoridades de la Unión antes de que se celebraran los acuerdos controvertidos permitieran obtener el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental respecto de dichos acuerdos, conforme al principio de efecto relativo de los tratados, tal como ha sido interpretado por el Tribunal de Justicia. El Tribunal General precisa en este sentido que la facultad de apreciación de las instituciones en el marco de las relaciones exteriores no les permitía, en este caso, decidir si podían ajustarse o no a esta exigencia. 

En particular, el Tribunal General hace constar, para empezar, que, habida cuenta, por una parte, del alcance jurídico del concepto de «pueblo» en Derecho Internacional y del concepto de «consentimiento», por otra parte, las «consultas» a las «poblaciones afectadas» organizadas por las instituciones no pudieron fructificar en la expresión del consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental. Ese enfoque permitió, como mucho, recabar la opinión de las partes afectadas, sin que dicha opinión condicionase la validez de los acuerdos controvertidos ni vinculase a las partes, único modo en que podrían resultarles oponibles. Seguidamente, el Tribunal General considera que los diferentes elementos relativos a la situación particular del Sáhara Occidental invocados por el Consejo no demuestran que fuera imposible en la práctica obtener el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental respecto de los acuerdos controvertidos, en su calidad de tercero respecto de los mismos. Por último, el Tribunal General destaca que las instituciones no pueden utilizar el escrito del consejero jurídico de la ONU de 29 de enero de 2002 como fundamento válido para reemplazar la exigencia de que se expresara dicho consentimiento por el criterio de los beneficios de los acuerdos controvertidos para las poblaciones afectadas. El Tribunal General concluye que el Consejo no tuvo suficientemente en cuenta todos los elementos pertinentes relativos a la situación del Sáhara Occidental y consideró erróneamente que gozaba de un margen de apreciación para decidir si procedía atenerse a dicha exigencia. 

NOTA: El recurso de anulación sirve para solicitar la anulación de los actos de las instituciones de la Unión contrarios al Derecho de la Unión. Bajo ciertos requisitos, los Estados miembros, las instituciones europeas y los particulares pueden interponer recurso de anulación ante el Tribunal de Justicia o ante el Tribunal General. Si el recurso se declara fundado, el acto queda anulado y la institución de que se trate debe colmar el eventual vacío jurídico creado por la anulación de dicho acto. 
NOTA: Contra las resoluciones del Tribunal General puede interponerse recurso de casación ante el Tribunal de Justicia, limitado a las cuestiones de Derecho, en un plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación de la resolución.

NOTAS:
1 Decisión (UE) 2019/2017 del Consejo, de 28 de enero de 2019, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra (DO L 34, p. 1), y la Decisión (UE) 2019/441 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, relativa a la celebración del Acuerdo de colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos, de su Protocolo de aplicación y del Canje de Notas adjunto al Acuerdo (DO L 77, p. 4) («decisiones impugnadas». 
2 Sentencias de 21 de diciembre de 2016, Consejo/Frente Polisario (C-104/16 P; véase el CP n.º 146/16) y de 27 de febrero de 2018, Western Sahara Campaign UK (C-266/16; véase el CP n.º 21/18). En estas sentencias, el tribunal de Justicia precisó que el Acuerdo de asociación sólo abarcaba el territorio de Marruecos, y no el Sáhara Occidental, y que ni el Acuerdo de pesca ni su Protocolo de aplicación son aplicables a las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental. 
3 Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra (DO L 70, p. 2). 
4 Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y el Reino de Marruecos (DO L 141, 2006, p. 4).
 5 Este período no podrá exceder el plazo de dos meses para interponer recurso de casación o de la fecha en que se dicte la sentencia del Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre un potencial recurso de casación. 
6 Reglamento (UE) 2019/440, del Consejo, de 29 de noviembre de 2018, relativo al reparto de las posibilidades de pesca en virtud del Acuerdo de colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos y de su Protocolo de aplicación (DO 2019, L 77, p. 1).
Recursos 393/19 que integra la 356/19 sobre pesca y 279/19 sobre comercio

Cientos de bancos europeos financian negocios en los asentamientos israelíes en Cisjordania


 Cientos de bancos europeos financian negocios en los asentamientos israelíes en Cisjordania

JUAN CARLOS SANZ
El País, 29 septiembre de 2021

Un informe incluye a entidades españolas en las operaciones en los territorios ocupados.

Entre las 672 entidades de crédito analizadas por una coalición de 23 organizaciones figura casi toda la banca española. Las firmas ACS y CAF tienen proyectos en territorio palestino ocupado

Después de que Airbnb diera marcha atrás en 2019 a la decisión de dejar de ofrecer en su plataforma digital alojamientos en los asentamientos de Cisjordania, el fabricante de helados Ben&Jerry, también estadounidense, anunció el pasado julio que a partir de 2022 excluirá de la venta de sus productos a las colonias judías. La economía ha abierto un nuevo frente en el conflicto palestino-israelí, marcado por más de medio siglo de ocupación. Una investigación hecha pública este miércoles por una coalición de 23 organizaciones árabes y europeas ha desvelado que 672 entidades de crédito europeas financian empresas con negocios en los asentamientos desde hace cerca de cuatro años. Entre los bancos examinados por sus relaciones con 50 empresas que operan en colonias que han sido declaradas ilegales por la ONU figuran los principales bancos españoles. El informe no detalla si la inversión de estas entidades se destina a los proyectos de infraestructuras en los territorios ocupados o si solo financian a empresas que operan en esos territorios.

La publicación en 2020 por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU de una base de datos o lista negra de 112 empresas que hacen negocios en los asentamientos –en su mayoría israelíes y estadounidenses– marcó un giro a la actividad empresarial en territorio palestino bajo ocupación israelí. Grandes fondos de pensiones como el noruego KLP (funcionarios locales) han retirado ya sus inversiones en compañías con vínculos en las colonias.

El analista y activista belga sobre Oriente Próximo Willem Staes es el coordinador de la campaña No inviertas en la ocupación (DBIO, por sus siglas en inglés), lanzada por 23 organizaciones árabes (palestinas y egipcias) y europeas (de Bélgica, Países Bajos, Francia, Irlanda, España, Noruega y Reino Unido), que ha elaborado la investigación desde finales de 2020. “Somos una coalición de grupos que promocionamos los valores de los derechos humanos para tener incidencia política”, explica desde Bruselas en una conversación a través de Zoom, “y que investigan las relaciones entre las empresas con intereses en los asentamientos israelíes, declarados ilegales por el Consejo de Seguridad de la ONU, y las instituciones financieras de la Unión Europea”.

“Para ello hemos elaborado unas recomendaciones enfocadas a qué pueden hacer los Estados europeos ante esta situación y hemos ampliado la base de datos de la ONU”. Además de las 112 empresas analizadas por el Consejo de Derechos Humanos, la coalición DBIO ha incluido otras 18 compañías europeas. “Para identificarlas utilizamos los mismos criterios utilizados por Naciones Unidas sobre actividades que suscitan preocupación en materia de derechos humanos”, aclara Staes.

Entre estas últimas incorporaciones figuran dos firmas españolas: Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles (CAF) y el grupo Actividades de Construcción y Servicios (ACS). La primera participa en la ampliación del tren ligero de Jerusalén, en una línea de tranvía que penetra en Jerusalén Este y Cisjordania. La segunda, a través de su filial Sociedad Española de Montajes Industriales (SEMI), electrificó la línea férrea de alta velocidad Tel Aviv-Jerusalén, que rebasa la Línea Verde —la divisoria trazada entre Israel y Cisjordania tras el armisticio de 1949— y atraviesan el territorio ocupado por Israel desde 1967 en dos pequeños tramos en el valle de Latrún.

El relator de la ONU sobre la situación de los derechos humanos en Palestina, Michael Lynk, destaca que desde la promulgación en 2011 de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas se ha elevado la exigencia sobre la implicación del mundo de los negocios. “Esas herramientas emergentes están abriendo puertas a campañas más efectivas para responsabilizar a las empresas a través de un mejor compromiso corporativo y de informes transparentes”, argumenta Lynk en el prefacio del informe. “Pero su aplicación efectiva sigue siendo el talón de Aquiles del derecho internacional humanitario”, reconoce el jurista canadiense.

Actividad millonaria
Otra responsable de la campaña DBIO, la politóloga Ines Abdel Razek, del Instituto de Diplomacia Pública Palestina, adelanta desde Jerusalén que las conclusiones de la investigación serán remitidas a los Estados miembros de la UE y a comisiones del Parlamento Europeo relacionadas con actividades de las multinacionales. “Este trabajo es una primera contribución al debate sobre la implicación de empresas y bancos en presuntas violaciones de derechos humanos en los territorios palestinos ocupados”, resume.

Las 672 instituciones financieras europeas incluidas en el informe ofrecieron préstamos o garantizaron líneas de financiación (underwriting) a las 50 empresas analizadas, por su actividad económica en los asentamientos israelíes, por un total de cerca de 100.000 millones de euros (114.000 millones de dólares) en el periodo comprendido entre enero de 2018 y mayo de 2021. En ese mismo plazo también se invirtieron 120.000 millones de euros (141.000 millones de dólares) en acciones y bonos de algunas de estas firmas como Airbnb, Alstom, Cemex, Motorola, Siemens, Solvay, Tripadvisor o Volvo. Las 131 entidades financieras con mayor implicación en los asentamientos fueron contactadas por los autores del informe, que recibieron respuesta de 24 de ellas.

Entre los 10 bancos europeos que más financian a las compañías que trabajan en los territorios (aunque no se aclara si el dinero se destina a los proyectos en las colonias) figuran los dos bancos españoles más grandes: el Santander, con 4.750 millones de dólares (4.068 millones de euros), y el BBVA (3.000 millones de dólares, unos 2.570 millones de euros). El resto de las entidades financieras españolas también aparecen en el informe aunque con cuotas mucho menores de préstamos o aseguramiento previo, o de inversiones en acciones y bonos de empresas involucradas en los asentamientos.

Datos de fuentes económicas contrastadas
El activista Staes reconoce que “es muy difícil estimar el impacto económico directo en los territorios ocupados de la financiación ofrecida por las instituciones de crédito”. El importe global de la financiación se ha obtenido de fuentes económicas contrastadas, como Refinitiv (antes Thomson Reuters EIKON), Bloomberg y IJGlobal, pero no está desagregado respecto a los asentamientos.

“Esperamos que la investigación aporte más claridad y transparencia para el público, y que las entidades hagan públicas sus carteras y revisen sus inversiones”, apunta la analista Abdel Razek como el objetivo último de la investigación. “Queremos establecer contactos con todas las compañías implicadas y las instituciones financieras que las avalan para analizar cuestiones específicas sobre los derechos humanos”, precisa.

En su opinión, aunque existe una legislación europea sobre blanqueo de capitales no hay una regulación desarrollada en lo que concierne a actividad económica y derechos humanos. “Países como Francia tienen previstas auditorías sobre las empresas que operan en Xinjiang”, explica esta analista palestina, que ha sido asesora de la Unión por el Mediterráneo, sobre la situación de la minoría musulmana de los uigures, que sufren la discriminación el poder central de Pekín. Más de un millón de uigures y otras minorías étnicas, según organismos de la ONU, han sido internados en centros de reeducación en China.

“No pretendemos que los directores de compañías y bancos relacionados con los asentamientos se sienten en el banquillo de la Haya, como puede ocurrirles a políticos y militares israelíes si son investigados”, puntualiza Staes, responsable de la campaña DBIO. La fiscalía del Tribunal Penal Internacional (TPI) abrió en febrero una investigación contra Israel y Hamás por crímenes de guerra en Palestina.

“El objetivo principal de este informe no es ofrecer una base de datos para el TPI, sino recomendaciones para que las empresas y entidades financieras asuman sus compromisos y pasen de las palabras a los hechos, y para que su dinero no acabe de forma equivocada en las colonias israelíes. También buscamos en el plano político que los Gobiernos y legisladores impulsen regulaciones sobre derechos humanos y despertar el interés de la sociedad sobre la situación en los territorios palestinos”, sostiene. El derecho humanitario internacional, como la Cuarta Convención de Ginebra, prohíbe al poder ocupante transferir a parte de su población civil al territorio ocupado. Hoy en día rige un doble rasero legal en Cisjordania: legislación civil para los más de 450.000 colonos de los asentamientos y ley marcial para 2,5 millones de palestinos.

Los promotores de la campaña aseguran que ninguna de la 23 organizaciones de la coalición forma parte del movimiento propalestino Boicot, Desinversión y Sanciones (BDS), que busca que Israel ponga fin a la ocupación de territorio palestino ocupado, en la línea del movimiento internacional que se desarrolló hace más de tres décadas contra el régimen sudafricano del apartheid. Israel replica que no se trata de territorios ocupados, sino de zonas en disputa sobre las que el pueblo judío posee derechos históricos. Campañas internacionales de protesta como las que secunda el BDS son condenadas por el Gobierno israelí como acciones marcadas por el antisemitismo y deslegitimadoras de la existencia misma del Estado judío. La legislación israelí vigente prohíbe el paso por sus puestos fronterizos a los extranjeros que promueven este movimiento y a quienes se hayan pronunciado en favor de sus objetivos.

Advertencia de vulneración de la legalidad internacional
En el caso de la presencia de CAF en territorio palestino ocupado, el Ministerio de Asuntos Exteriores español aseguró en diciembre de 2020 que la empresa vasca había sido informada de que la obra del tren ligero de Jerusalén vulneraba la legalidad internacional, pues se construye sobre territorios ocupados por Israel según Naciones Unidas. Eso no quiere decir que la empresa cometa una ilegalidad, ya que no existe ningún embargo por parte de la ONU o la UE que el contrato vulnere. La única medida comercial adoptada hasta ahora por los Veintisiete sobre las colonias israelíes es la obligatoriedad desde 2015 del etiquetado con indicación de origen para los productos importados desde los asentamientos, y no hace referencia a infraestructuras. No obstante, el Gobierno español avisó a CAF de que no podría contar con avales públicos para financiar las obras. En esta ocasión, sin embargo, el Ministerio de Asuntos Exteriores no ha querido realizar ningún comentario ante la consulta de EL PAÍS.

El Ministerio de Exteriores también advirtió a CAF de que podría ser incluida en la lista negra de empresas implicadas en negocios en los territorios ocupados, elaborada por mandato del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Ahora la coalición DBIO la ha incluido de hecho en su lista ampliada de 130 empresas y entre las 50 investigadas por su financiación con entidades europeas, de acuerdo con el artículo 17 de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas. Este precepto señala que, en razón de la debida diligencia corporativa en materia de derechos humanos, se requiere que las compañías “se hagan cargo de los impactos adversos sobre los derechos humanos que puedan causar sus actividades, o que puedan estar directamente vinculados a sus operaciones, productos o servicios por sus relaciones comerciales”.

Se da la circunstancia de que la francesa Alstom, competidora directa de CAF, se retiró del proyecto de tren ligero de Jerusalén tras la publicación de la lista negra de la ONU en febrero de 2020. Figurar en estas listas no tiene consecuencias jurídicas inmediatas, pero no es la mejor carta de presentación en muchos países. La mayor parte de la comunidad internacional considera que los asentamientos israelíes en territorio ocupado palestino carecen de toda legitimidad. La resolución del Consejo de Seguridad 2334, aprobada en diciembre de 2016, estableció por última vez que las colonias judías constituyen una “flagrante violación del derecho internacional”. La medida fue aprobada tras ser votada por todos los miembros del Consejo, entonces bajo presidencia de turno española, excepto por EE UU, que se abstuvo en la recta final el mandato del presidente demócrata Barack Obama, pero no ejerció el tradicional derecho de veto en favor del Estado judío. La resolución 2334 exhortó además a todos los Estados a “distinguir en sus relaciones entre el territorio del Estado de Israel y los territorios ocupados desde 1967″.

Las instituciones financieras europeas “deben ser conscientes del riesgo que corren” por estar vinculadas a los asentamientos israelíes en territorio palestino ocupado y de sus responsabilidades según el derecho internacional, los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos, y las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales”, recomiendan los autores del informe. “Los actores económicos privados tienen la responsabilidad de asegurarse de que no están involucrados en violaciones del derecho internacional”, concluye la investigación de la coalición, “y de abordar cualquier impacto adverso sobre los derechos humanos que surja de sus actividades”.

Con información de Íñigo de Barrón y Miguel González

Más información de estos autores sobre CAF 


miércoles, 29 de septiembre de 2021

LIBERTAD PRESOS POLÍTICOS PALESTINOS . LIBERTAD PARA JUANI


 

"Imaginando el futuro, repensando el modelo industrial" El Secretario de Relaciones Internacionales y el miembro de la Federación de Industria del sindicato LAB, Koldo Sáenz y Zorion Ortigosa

 El Secretario de Relaciones Internacionales y el miembro de la Federación de Industria del sindicato LAB, Koldo Sáenz y Zorion Ortigosa, respectivamente han escrito un artículo, "Imaginando el futuro, repensando el modelo industrial", en el diario Gara, el día 28 de septiembre que dice, entre otras cosas, "No queremos que se construya un tranvía que unirá colonias en tierras ilegalmente ocupadas a Palestina, pero tampoco que se produzcan explosivos que se distribuyen por todo el mundo, tanques para el Ejército israelí o helicópteros para el Ejército de Estados Unidos."

El gobierno contesta a las preguntas del BNG sobre Juana Ruíz


 El gobierno contesta a las preguntas del BNG sobre Juana Ruíz


El gobierno español responde a las preguntas efectuadas por el diputado del BNG, Néstor Rego, sobre la trabajadora española Juana Ruíz, secuestrada por las fuerzas militares israelíes en los Territorios Ocupados Palestinos.

La respuesta incide en que la Agencia Española de Cooperación Internacional y para el Desarrollo adopta todas las salvaguardias necesarias para evitar el uso indebido o desviación de fondos con fines no previstos y en que desde el Ministerio de Asuntos Exteriores ha mantenido sucesivas conversaciones con la Embajadora de Israel en España, para velar tanto por los derechos de la Sra. Ruiz como por el adecuado ejercicio de la asistencia consular

RESPUESTA PARLAMENTARIA: Desde que se tuvo conocimiento de la detención de la Sra. Ruiz, el Gobierno de España, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, viene realizando un atento seguimiento del caso, al que concede la máxima prioridad, tanto por parte de los servicios centrales como de la Embajada de España en Tel Aviv y del Consulado General de España en Jerusalén, manteniendo una estrecha coordinación con el fin de brindar la adecuada asistencia consular. 

El Consulado General de España en Jerusalén ha desplegado numerosas gestiones para garantizar el derecho de visita consular desde entonces, lo que permitió que la primera visita consular se produjese el 21 de abril. 

La Sra. Ruiz ha podido volver a ser visitada en un total de cinco ocasiones con el objetivo de garantizar que se le dispensa un trato adecuado, así como para transmitirle mensajes de sus familiares y hacerle llegar objetos personales. 

Además, personal del Consulado General de España en Jerusalén ha asistido a varias de las vistas judiciales celebradas hasta la fecha y mantiene un estrecho contacto tanto con los familiares de la Sra. Ruiz como con su asistencia letrada, tratando de asegurar la adecuada protección de los derechos de defensa, incluidos los relacionados con la necesaria interpretación. 

Por otro lado, el Director General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares ha mantenido sucesivas conversaciones con la Embajadora de Israel en España, con la finalidad de transmitir el interés de este Ministerio por el caso y la necesidad de velar tanto por los derechos de la Sra. Ruiz como por el adecuado ejercicio de la asistencia consular. 

Por otra parte, se informa que el Gobierno de España hace un seguimiento regular de la evolución de los derechos humanos en los Territorios Palestinos Ocupados, cuestión que forma parte del amplio diálogo político que mantienen España e Israel, así como del diálogo que, en el marco de la política de vecindad, mantiene la Unión Europea con Israel. 

La situación de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados es también objeto de especial atención en el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). 

En este sentido, el Gobierno de España seguirá promoviendo el respeto del Derecho internacional y apoyando a las organizaciones de la sociedad civil como contribuyentes esenciales a la buena gobernanza y al desarrollo sostenible en los Territorios Palestinos Ocupados, en Israel y en otros lugares.

La Agencia Española de Cooperación Internacional y para el Desarrollo adopta todas las salvaguardias necesarias para evitar el uso indebido o desviación de fondos con fines no previstos. 

Por lo que respecta a la cuestión de los presos palestinos, España y la Unión Europea plantean periódicamente este asunto ante Israel, y han reclamado a este país que respete plenamente el Derecho internacional humanitario, sus obligaciones en materia de derechos humanos y las normas internacionales aplicables en la materia. 

España mantiene su firme compromiso con una resolución justa y global del conflicto entre Israel y Palestina, basada en una solución con dos Estados acorde con los parámetros internacionales, y promueve activamente la restauración de un clima de confianza entre las partes que permita retomar las negociaciones. Madrid, 24 de septiembre de 2021

La pregunta fue ésta





martes, 28 de septiembre de 2021

La solución de las tres clases Prof. Yuval Noah Harari



La solución de las tres clases
Prof. Yuval Noah Harari
Fuente: Middle East
Traducción: Deepl-CSCA

Yom Kippur es un buen momento para hacer aritmética mental sí, no sólo a nivel individual sino también a nivel de grupo. Durante muchos años, el debate sobre el conflicto palestino-israelí ha estado dominado por la solución de los dos estados. En la era de Netanyahu, Israel abandonó esta solución, y después de que terminara, vale la pena hacer una aritmética mental y preguntarnos honestamente: ¿A dónde vamos desde aquí? Si no son dos Estados para dos pueblos, ¿cuál es exactamente la visión alternativa de Israel? Cuando imaginamos el futuro, ¿qué es exactamente lo que vemos allí?

Supongamos que el escenario más optimista de Israel se hará realidad y que podrá cumplir su visión en su totalidad. ¿Qué aspecto tendrá? En este caso, un poco como con nuestra política nuclear, la mayoría de los israelíes preferirían dejar las cosas en blanco. Pero cuando se vive en Israel con oídos atentos y ojos abiertos, la visión alternativa es tan brillante como nuestro sol mediterráneo.

En resumen, los gobernantes de Israel pasaron de una solución de dos Estados a una de tres. Prevén un país entre el mar y el Jordán, donde vivirán tres tipos de personas: Los judíos, que disfrutarán de todos los derechos; los árabes de tipo A, que tendrán algunos derechos. Y los árabes de tipo B, que no tendrán casi ningún derecho. Esta es la realidad actual, y a juzgar por los votos en las urnas, parece que la mayoría de los judíos de Israel prefieren que esto siga siendo así. para siempre.

La solución de las tres clases no es nueva, desde hace décadas Israel la viene aplicando, mediante el método del salami, paso a paso. Pero hasta ahora, Israel ha negado sus intenciones; el trato diferente que se da a los judíos, a los árabes que son ciudadanos de Israel y a los árabes que no son ciudadanos - se justificó con el argumento de que se trata de una situación temporal, que se deriva de las necesidades de seguridad del Estado de Israel. Incluso hoy, cuando los representantes israelíes pronuncian un discurso público -por ejemplo, en la Asamblea General de la ONU- no se atreven a hablar abiertamente de la solución de las tres clases como una solución permanente. Simplemente no huele bien.

En su lugar, los representantes israelíes hablarán largo y tendido sobre los problemas de seguridad de Israel, o explicarán que, aunque el espacio entre el Jordán y el mar pertenece por completo a Israel, nunca tendrá que conceder derechos de voto a los residentes de Nablus o Belén, porque pertenecen a una especie de criatura milagrosa llamada Autoridad Palestina. ". Se trata de una criatura única, algo similar al demonio de Aladino.

La mayor parte del tiempo, esta criatura está encerrada dentro de una pequeña lámpara y no interfiere en que actuemos a nuestro antojo. Después de todo, Israel controla la mayor parte de la tierra y el agua, y todo el espacio aéreo y digital de Cisjordania. Además, Israel interfiere constantemente en la vida cotidiana de los residentes palestinos y determina, por ejemplo, cuánto tiempo durará un viaje de Nablus a Belén, y si una familia de Hebrón puede ir a la boda de un primo en Jordania. Hojea un momento la última página del periódico principal y mira en la esquina superior izquierda. Allí aparece el mapa del pronóstico del tiempo. Toda la zona entre el mar y el Jordán -incluida incluso la Franja de Gaza- está pintada de un color sólido. Tampoco encontrará a la Autoridad Palestina con una lupa.

Pero cuando hay que eludir la responsabilidad -por ejemplo, la de vacunar a la población palestina contra el COVID- basta con frotar la lámpara, y ¡cataplum! De repente, esta criatura emerge en todo su esplendor, quitándonos toda responsabilidad. "¿Vacunar a los habitantes de Nablus y Belén? ¿Pero qué relación tenemos con ellos? Nablus y Belén no son para nada nuestras, corresponde a la Autoridad Palestina".

Pero tal vez en Yom Kippur, cuando cada uno esté sólo consigo mismo, o con un amigo del mal en el que se pueda confiar, podamos ser más visibles. ¿No podemos admitir que estamos avanzando hacia la solución de las tres clases? Es decir, hacia un país cuyos dos millones de ciudadanos son discriminados en la educación, la vivienda y la policía, y otros millones más ni siquiera pueden votar en las elecciones. Un país, con tres tipos de personas. Un país, en el que un tipo de personas siempre gozará de preferencia en cuanto a seguridad personal, circulación y empleo.

A algunos se les recuerdan tales o cuales ejemplos históricos. Es irrelevante. No hay dos casos iguales en la historia, y en cuanto se hacen comparaciones históricas, enseguida se empieza a discutir sobre si es parecido, no parecido y cómo se parece a lo que pasó una vez, y se olvida hablar de lo principal: lo que está pasando aquí y ahora. De eso hay que hablar.


La primera regla para resolver las tres clases es que no se debe hablar de resolver las tres clases. Al menos no en público. No se debe hablar en público porque es evidente que no es una solución justa. Proviene de una visión del mundo que pone otro principio por encima de la justicia: la lealtad tribal. Los que creen en el principio de lealtad tribal consideran que la propia exigencia de justicia para los que no son miembros de la tribu es una traición.

Aunque no es aceptable que hablemos públicamente de la solución de las tres clases, la palabra "traidor" se lanza al aire en las noticias de la mañana. Originalmente, un "traidor" era alguien que, por ejemplo, entregaba secretos militares a un estado enemigo. Por ejemplo, Marcus Klingberg, que proporcionó a los soviéticos información sobre el programa de armas biológicas de Israel. Hoy, en cambio, para muchos israelíes, un "traidor" es cualquiera que crea que la justicia es a veces más importante que la lealtad a la tribu judía. Aquellos que, en nombre de la justicia, se oponen a la solución de las tres clases, han sido ascendidos de simples "almas bellas" a "traidores", incluso si en las FDI [Fuerzas de Defensa de Israel] tienen el rango de general.

Considere, por ejemplo, el tratamiento del Alto Tribunal, al que a menudo se acusa de traición. El problema que muchos israelíes tienen con el Alto Tribunal no proviene de una sentencia concreta, ni de la identidad de uno u otro juez. El problema proviene de la identidad del propio Alto Tribunal, que es el Alto Tribunal de Justicia, y no el Alto Tribunal de la Confianza. Tal vez, siga intentando oponerse a él, en nombre de la misma justicia. Por lo tanto, prefieren eliminar el Alto Tribunal de Justicia de antemano, no quieren que haya ninguna institución en el país que se comprometa con la justicia por encima de la lealtad.

Se puede entender a los que ponen la lealtad por encima de la justicia. Les avalan millones de años de evolución. Todos los animales sociales -desde las hormigas hasta los chimpancés- santifican la lealtad a su grupo. Aunque los chimpancés también entienden lo que es la justicia, para ellos ésta es siempre secundaria a la lealtad. En un conflicto entre dos miembros de su banda, los chimpancés a veces se ponen del lado de la justicia. Pero en una disputa entre un miembro de la banda y un chimpancé extranjero, los chimpancés siempre preferirán al miembro, aunque esté claro que la justicia está del otro lado. Así se comporta la gente en muchas situaciones, como en los conflictos entre bandas criminales o en las rivalidades entre equipos deportivos (cuando Maradona marcó un gol con la mano, los aficionados argentinos no protestaron por la injusticia, sino que afirmaron que era la mano de Dios).

Esto no es injusticia. Es Dios

El cálculo aquí es bastante claro. En muchas situaciones, si prefiero la justicia a la lealtad a una tribu perjudicará mis intereses, e incluso puede poner en peligro mi vida. Pero precisamente por eso la preferencia por la justicia se llama "moral" y no "interés". La moral existe para aquellas situaciones de la vida en las que el interés tira en una dirección y la justicia en otra. No hay duda de que es más difícil comportarse moralmente que comportarse interesadamente. Probablemente por eso la religión judía ha fijado un día especial en el año para que nos preguntemos: "¿Nos comportamos con suficiente moralidad?". No necesitamos un día especial para preguntarnos: "¿Nos comportamos de forma interesada suficientemente?". - Eso es lo que nos preguntamos todo el tiempo.

Así que, en este Yom Kippur, antes de memorizar "hemos pecado, hemos traicionado, hemos robado", deberíamos preguntarnos primero según qué principios morales definimos generalmente la culpa, la traición y el robo. ¿Pensamos que los judíos son personas superiores por naturaleza, con derecho a privilegios especiales? ¿Pensamos que la justicia es a veces más importante que la lealtad tribal, o que la lealtad a la tribu es siempre superior a la justicia? ¿Y hay todavía una manera de conciliar la reivindicación del valor de la justicia con la reivindicación tribal de la fidelidad, sin tener que elegir entre ambas, y sin que el deseo de hacer justicia sea considerado en nuestros lugares una traición?

El autor es profesor del Departamento de Historia de la Universidad Hebrea y autor de los best-sellers "Breve historia de la humanidad", "Historia del mañana", "21 reflexiones sobre el siglo XXI" e "Historia de la humanidad: historia ilustrada"

lunes, 27 de septiembre de 2021

El Partido Laborista del Reino Unido vota a favor de una moción que llama a Israel un estado de apartheid

 

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La Conferencia del Partido Laborista del Reino Unido ha votado hoy a favor de una moción para identificar a Israel como un estado que practica el crimen del apartheid, convirtiéndolo en el primer partido político importante de Europa en adoptar tal posición. La moción compromete al Partido Laborista a implementar sanciones, incluido el cese del comercio de armas entre el Reino Unido e Israel y el comercio con los asentamientos israelíes ilegales.

"La conferencia condena la actual Nakba en Palestina, la violencia militarizada de Israel que ataca la mezquita de Al Aqsa, los desplazamientos forzados de Sheikh Jarrah y el asalto mortal a Gaza", dijo la moción.

La moción tomó nota de los informes de  Human Rights Watch  y  B'Tselem , que a principios de año llegaron a una conclusión histórica de que Israel estaba practicando el crimen de apartheid según lo definido por la ONU. Los dos informes destacaron cómo la opresión sistemática del pueblo palestino por parte de Israel equivalía al crimen del apartheid.

Sus conclusiones se hicieron eco de los hallazgos de la ONU y de destacados expertos en derecho internacional, así como de  dos ex embajadores israelíes .

LEA: Los demócratas liberales del Reino Unido votan para permitir los viajes sin visa para los palestinos

Los miembros laboristas también acogieron con satisfacción la decisión de la Corte Penal Internacional de   realizar una investigación sobre los abusos cometidos en el territorio palestino ocupado desde 2014.

Llamando a un boicot a Israel, la moción decía: "La conferencia resuelve que se necesitan acciones ahora debido a las continuas acciones ilegales de Israel y que los laboristas deben adherirse a una política ética en todo el comercio del Reino Unido con Israel, incluida la detención de cualquier comercio de armas utilizado para violar a los humanos palestinos". derechos y comercio con asentamientos israelíes ilegales ".

"La conferencia resuelve apoyar 'medidas efectivas', incluidas sanciones, como pide la sociedad civil palestina, contra acciones del gobierno israelí que son ilegales según el derecho internacional", continuó la moción señalando, en particular, la necesidad de "garantizar que Israel detiene la construcción de asentamientos, revierte cualquier anexión, pone fin a la ocupación de Cisjordania, el bloqueo de Gaza, derriba el Muro  y respeta el derecho del pueblo palestino, consagrado en el derecho internacional, a regresar a sus hogares ".

Instó al Partido Laborista a "situarse en el lado correcto de la historia y acatar estas resoluciones en su política, comunicaciones y estrategia política".

A pesar de la adopción de la moción, no está claro cómo reaccionará la dirección del Partido Laborista a un llamado sin precedentes. El líder del partido, Keir Starmer, se ha visto envuelto en una amarga disputa con miembros que apoyan la aplicación del derecho internacional en lo que respecta a los derechos del pueblo palestino.

viernes, 24 de septiembre de 2021

EEUU aporta mil millones de dólares para sistema de misiles israelí

 

La Cámara de Representantes de Estados Unidos ha aprobado dar 1.000 millones de dólares al régimen israelí para su sistema de misiles Iron Dome.

La medida se produce dos días después de que los demócratas más liberales se opusieran al plan, lo que obligó a los líderes a eliminarlo de un proyecto de ley de gastos más amplio.

La objeción a la inclusión de la disposición en el amplio proyecto de ley de gastos provino de un puñado de demócratas progresistas de la Cámara, que han acusado a Israel de abusos contra los derechos humanos contra los palestinos.Más....

jueves, 23 de septiembre de 2021

#MacronLibérezAbdallah




 #MacronLibérezAbdallah

Tormenta en Twitter
Jueves, 23 de septiembre de 2021
9 am Pacífico - 12 noon Este - 6 pm Europa Central - 7 pm Palestina
Utiliza los hashtags #MacronLibérezAbdallah  
Etiqueta: ¡@EmmanuelMacron para dirigir su demanda a los funcionarios franceses!

El presidente francés Emmanuel Macron se reunirá con el nuevo primer ministro libanés, Najib Mikati, el viernes 24 de septiembre.

Queremos asegurarnos de que Macron escuche el mensaje: Liberad a Georges Abdallah, luchador libanés por Palestina encarcelado en Francia desde hace 37 años.

Estamos iniciando un mes de acción para liberar a Georges Abdallah. ¡Comencemos este mes de acción con una tormenta en las redes sociales para decirle a Macron que libere a Georges ahora!

A lo largo de su estancia en prisión, Georges Abdallah se ha mantenido en la vanguardia de la lucha, participando incluso en huelgas de hambre colectivas con presos palestinos. Su regreso al Líbano ha sido bloqueado repetidamente por funcionarios franceses, que actúan de acuerdo con Estados Unidos e Israel. Únete a nosotros para decir:  #MacronLibérezAbdallah

El viernes 24 de septiembre, el presidente francés Emmanuel Macron se reunirá con el nuevo primer ministro libanés, Najib Mikati. En esta ocasión, queremos entender la exigencia de la liberación de Georges Abdallah, comunista libanés y combatiente de la resistencia palestina encarcelado en Francia desde hace 37 años.

Con motivo del inicio de un mes internacional de acciones para la liberación de Georges Abdallah, comenzamos con una tormenta de Twitter para pedirle a Macron que libere a Georges Abdallah inmediatamente.

Durante todo el tiempo que ha estado encarcelado, Georges Abdallah ha estado en la punta de la lucha, participando incluso en numerosas acciones colectivas con los presos palestinos. Su regreso al Líbano ha sido bloqueado en varias ocasiones por las autoridades francesas, actuando de forma concertada con los Estados Unidos e Israel. Únase a nosotros para decir: #MacronLiberezAbdallah

Ejemplos de tuits:

El presidente francés @EmmanuelMacron se reúne con el nuevo primer ministro libanés, Najib Mikati, el viernes 24 de septiembre. Hoy exigimos la liberación de Georges Abdallah: #MacronLibérezAbdallah

¿Quién es Georges Ibrahim Abdallah? Conoce su caso y exige su liberación.  #MacronLibérezAbdallah @EmmanuelMacron https://www.middleeastmonitor.com/20200917-who-is-georges-ibrahim-abdallah-the-oldest-political-prisoner-in-europe/

"¡Abajo el imperialismo y sus lacayos, todos estos reaccionarios árabes!".  #MacronLibérezAbdallah @EmmanuelMacron https://samidoun.net/2021/01/georges-abdallah-statement-to-anti-imperialist-meeting/

Cientos y cientos marchan por la libertad de Georges Abdallah. ¡36 años es demasiado tiempo!  #MacronLibérezAbdallah @EmmanuelMacron https://samidoun.net/2020/10/over-600-people-march-in-lannemezan-to-free-georges-abdallah/

"¡Juntos, camaradas, y sólo juntos, venceremos!" - Georges Ibrahim Abdallah, prisión de Lannemezan.  #MacronLibérezAbdallah @EmmanuelMacron https://samidoun.net/2020/10/statement-by-georges-abdallah-on-37-years-of-confinement/

De Francia a Beirut y a Palestina, alzamos juntos la voz: ¡Liberen a Georges Abdallah!  #MacronLibérezAbdallah @EmmanuelMacron https://samidoun.net/2020/09/demonstrators-confront-macron-in-beirut-with-the-call-free-georges-abdallah/

"La Asociación Internacional de Juristas Demócratas exige la liberación inmediata de Georges Abdallah y su repatriación a su patria, el Líbano".  #MacronLibérezAbdallah @EmmanuelMacron https://iadllaw.org/2020/10/iadl-free-georges-abdallah-from-french-prisons/

"El pueblo palestino sigue ahí y la causa palestina está más viva que nunca". - Georges Ibrahim Abdallah, prisión de Lannemezan #MacronLibérezAbdallah @EmmanuelMacron https://samidoun.net/2020/07/statement-of-georges-abdallah-to-demonstrations-against-israeli-annexation-27-june/

¡Libérez Georges Abdallah, comunista libanés encarcelado en Francia desde 1984 y liberado desde 1999! #MacronLibérezAbdallah @EmmanuelMacron https://palestinevaincra.com/2020/10/plus-de-600-personnes-devant-la-prison-de-lannemezan-pour-la-liberation-de-georges-abdallah/

¡La movilización se desarrolla en todo el mundo para la liberación de Georges Abdallah!  #MacronLibérezAbdallah @EmmanuelMacron https://palestinevaincra.com/2020/10/la-mobilisation-se-developpe-partout-pour-la-liberation-de-georges-abdallah/

Más de veinte organizaciones de Toulouse y su región se movilizan por la liberación de Georges Abdallah.  #MacronLibérezAbdallah @EmmanuelMacron https://palestinevaincra.com/2020/10/plus-de-vingt-organisations-de-toulouse-et-sa-region-appellent-a-se-mobiliser-pour-la-liberation-de-georges-abdallah/

Vídeo: Webinar sobre el caso de Georges Abdallah, preso por Palestina en Francia @EmmanuelMacron #MacronLibérezAbdallah https://www.youtube.com/watch?v=sxlTKOhf-Dc

El hermano de Georges Abdallah envía un mensaje a @EmmanuelMacron #MacronFreeAbdallah https://palestinevaincra.com/2020/09/le-frere-de-georges-abdallah-adresse-un-message-a-emmanuel-macron/

Música para Palestina: Georges Abdallah #MacronFreeAbdallah

¿Cómo apoyar a Georges Abdallah? #MacronFreeAbdallah https://palestinevaincra.com/2019/10/comment-soutenir-georges-abdallah/

Georges Ibrahim Abdallah: Un luchador comunista libanés detenido en Francia desde 1984 #MacronFreeAbdallah https://www.youtube.com/watch?v=-mKhuEDT-CU

Declaración de Georges Ibrahim Abdallah en su juicio en 1987 #MacronFreeAbdallah https://liberonsgeorges.samizdat.net/ses-declarations/declaration-de-george-ibrahim-abdallah-a-son-proces-en-1987/

¿Quién es Georges Ibrahim Abdallah?   #MacronFreeAbdallah https://liberonsgeorges.samizdat.net/wp-content/uploads/2014/12/dossier_CLGIA_Light.pdf

Manifestantes en Túnez exigen la libertad de George Abdallah y otros revolucionarios encarcelados #MacronFreeAbdallah https://peoplesdispatch.org/2020/06/22/demonstrators-in-tunisia-demand-freedom-for-george-abdallah-and-other-revolutionaries-in-jail/

George Abdallah cumplirá 70 años esta semana, 37 de los cuales los pasó en prisión.

Entrevista con el colectivo Vacarme(s) Films para el documental: "Fedayin, le combat de Georges Ibrahim Abdallah". #MacronLiberateAbdallah Podcast y enlaces: http://libradio.org/?page_id=7892

En 2021: ¡Liberen a Georges Abdallah! @EmmanuelMacron #MacronFreeAbdallah

No nos rendimos, ¡tenemos que fichar a @GDarmanin! @EmmanuelMacron #FreeGeorgesAbdallah #MacronFreeAbdallah

Abdallah lleva encarcelado en Francia desde 1984 y puede ser puesto en libertad desde 1999. Se le mantiene en prisión bajo la presión directa de Estados Unidos e Israel. ¡Su continua detención es un puro escándalo político! #MacronFreeAbdallah @CollectifPV @EmmanuelMacron @GDarmanin

Georges Abdallah es un comunista libanés y un luchador de la resistencia antiimperialista. Exigir su liberación es apoyar la lucha del pueblo libanés por un Líbano libre y democrático. #MacronFreeAbdallah @CollectifPV @EmmanuelMacron @GDarmanin

Abdallah lleva 36 años detenido en Francia y es uno de los presos políticos más antiguos de Europa. Las autoridades francesas justifican que siga encarcelado porque se niega a ceder al chantaje de la negación. #MacronFreezeAbdallah @EmmanuelMacron @GDarmanin

Liberado en 2013 por el tribunal de ejecución de penas, se le mantuvo detenido porque el ministro del Interior se negó a firmar la orden de expulsión. Es una víctima de la venganza del Estado. #MacronFreeAbdallah @EmmanuelMacron @GDarmanin

En decenas de países de todo el mundo, la lucha por la liberación de Georges Abdallah se ha convertido en la lucha contra todas las injusticias y por la liberación de los pueblos.  #MacronFreeAbdallah @EmmanuelMacron @GDarmanin

Georges Abdallah lleva en prisión en Francia desde 1984. ¿Su delito? Lucha contra la ocupación israelí de su país, Líbano, mientras las potencias occidentales son cómplices de estos crímenes. #MacronFreeAbdallah @EmmanuelMacron @GDarmanin

Georges Abdallah cuenta con el apoyo de Marwan Bargouthi, Ahmad Sa'adat, Leila Khaled o Salah Hamouri. Es un verdadero luchador de la resistencia por la causa palestina que se encuentra en las cárceles francesas. #MacronFreezeAbdallah @EmmanuelMacron @GDarmanin


Carta abierta al Ministro de Asuntos Exteriores – Presencia del Ministro israelí Bezalel Smotrich en París el 13 de noviembre

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