El CSCA se dirige a la CNMV ante la falta de registro de un Hecho Relevante por parte de CAF por aparecer en la Base de Datos 2026 de las Naciones Unidas como empresa que facilita y se lucra con la ocupación y colonización de Palestina
Comité de Solidaridad con la Causa Árabe, 5 de noviembre de 2026.
El Comité de Solidaridad con la Causa Árabe ha presentado una reclamación ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores por la presunta falta de Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles (CAF) de publicar como Hecho Relevante que está incluida en la Base de Datos de las Naciones Unidas, publicada el 25 de septiembre de 2026, por su actividad de colonización y lucro en Territorio Ocupado Palestino.
Esa Base de Datos se actualiza periódicamente y cabe la posibilidad de que una empresa sea incluida o excluida en función de si realiza actividades prohibidas por el derecho internacional o deja de realizarlas.
No existe voluntad de CAF de dejar de hacer actividades favorables a la colonización israelí en Territorio Ocupado desde que empezó su proyecto de gestionar y construir líneas de tranvía entre la ciudad ocupada de Jerusalén y las colonias próximas, en los 70 km2 expropiadas por Israel en territorio Ocupado Palestino.
Al igual que las empresas cotizadas periódicamente tienen que informar a los inversores de hechos positivos o regulares de su negocio, también están obligadas a informar a los inversores de hechos negativos que afectan o pueden afectar a sus cifras de negocio. De hecho, en varios mercados donde CAF intenta vender sus productos se ha encontrado con peticiones de ser excluida en concursos o rechazadas sus ofertas por su actividad en el Territorio Ocupado Palestino.
Texto integro de la reclamación del Comité de Solidaridad con la Causa Árabe contra CAF y contra la dejadez de la Comisión Nacional del Mercado de Valores:
Madrid, 4 de noviembre de 2026
Asunto: Hecho relevante no realizado por CAF. Aplicación del artículo 234 de la Ley del
Mercado de Valores. Obligación de proveer de información completa y de no transmitir
información falsa o engañosa a los inversores
Primero: Las Naciones Unidas, a través del Consejo de Derechos Humanos, realiza una
Base de Datos (1) sobre empresas que participan en la colonización y lucro en Territorio
Ocupado Palestino. Esta Base de Datos se actualiza periódicamente y, por lo tanto, hay
empresas que se incluyen y otras son eliminadas. De hecho, en la de 2025, con respecto a
la anterior actualización, dejó de estar incluida la empresa española, cotizada, Edreams.
Por contra, en la Base de Datos de 2025, se incluyeron a las empresas españolas ACS, CAF,
INECO y SEMI.
En la Base de Datos de 2026 (2) dejaron de estar incluidas las empresas españolas ACS y
SEMI, permaneciendo las empresas CAF e INECO y fue incorporada Salvat Logística.
La evaluación que se ha hecho de CAF en el Informe de la Base de Datos de 2026 es la de
‘contribuyente’ (2, página 4): “Una empresa puede contribuir a generar un impacto
adverso a través de sus propias actividades (acciones u omisiones) cuando estas se
combinan con las actividades de otro actor, de tal manera que se elimina o reduce la
posibilidad de disfrutar de un derecho humano. El término «contribución» implica un daño
que es, en parte —aunque no exclusivamente—, resultado de las propias acciones de la
empresa, dado que la acción o inacción de otra parte también ha desempeñado un papel
sustancial en la materialización de dicho daño.”
Los motivos por los que CAF ha sido incluida son los epígrafes, a) e) y g) (2, página 2):
a) “El suministro de equipos y materiales que facilitan la construcción y la expansión de
los asentamientos y del muro, así como de la infraestructura asociada;”
e) “La prestación de servicios y suministros que sustentan el mantenimiento y la existencia
de los asentamientos, incluido el transporte;”
g) “El uso de recursos naturales, en particular el agua y la tierra, con fines empresariales;”
Segundo: La empresa cotizada en el mercado continuo, CONSTRUCCIONES Y AUXILIAR DE
FERROCARRILES, S.A publicó Otra información relevante, el 25 de septiembre de 2025.
Comunicación de otra información relevante relacionada con el proyecto de Jerusalén ,
Número de registro: 36851. La información relevante venía a intentar por parte de la
dirección de la empresa CAF exculparse por su inclusión en la Base de Datos de las
Naciones Unidas por su participación en un proyecto colonial al servicio de las autoridades
israelíes. Este proyecto consiste en que CAF, junto a su socio Shapir (también incluido en
esa Base de Datos), gestiona, construye y provee de vehículos de tranvía en las líneas de
tranvía entre la zona occidental de Jerusalén, considerado internacionalmente como parte
de Israel, a las colonias próximas, en los 70 km2 anexados en el Gran Jerusalén, en
Territorio Ocupado Palestino. Además, ha vendido autobuses de su marca Solaris a Egged,
para transporte regular de pasajeros entre Israel y colonias en Territorio Ocupado
Palestino.
Tercero: Los datos conocidos de la actuación de CAF en Territorio Ocupado Palestino son
que ha ganado un concurso dirigido por las autoridades de ocupación israelí, publicando
un Hecho relevante con datos falsos en 2019 (3), Número de registro: 281169, diciendo
que el proyecto se hacía en la ciudad israelí de Jerusalén. Esta falsedad, dado que el
proyecto abarca la ciudad ocupada de Jerusalén -no israelí- y el Gran Jerusalén, en
Territorio Ocupado Palestino, fue denunciada y se pidió por parte del Comité de
Solidaridad con la Causa Árabe ante la CNMV una rectificación. La CNMV acorde a los
intereses de la empresa CAF consideró que los inversores no debían conocer
explícitamente esa falsedad realizada por CAF: Contestación de la CNMV, número de
salida de registro 20191256229, “esta Comisión Nacional entiende que el conflicto
existente en el territorio de Jerusalén así como el estatus de la ciudad son de dominio
público por lo que la inclusión en el hecho relevante publicado por CAF no aportaría
información relevante adicional para los inversores.” Esta dejadez de la CNMV ha tenido
que ser corregida por los hechos, la inclusión por parte de las Naciones Unidas de esta
empresa en la Base de Datos por su participación en un proyecto en territorio ocupado.
Este aspecto no estaba incluido en el hecho relevante de CAF, al contrario, falseaba ese
dato, al decir que se hacia en la ciudad israelí de Jerusalén, engañando a los inversores.
Ese fue el motivo de la petición del CSCA a la CNMV para advertir a los inversores de que
ese proyecto era ilegal desde el punto de vista del derecho internacional que la CNMV no
quiso corregir.
Ha habido otros pronunciamientos sobre el comportamiento de CAF, comunicadas a la
CNMV, la evaluación del Punto Nacional de Contacto (4), el Informe de la relatora de las
Naciones Unidas ‘De la economía de la ocupación a la economía del genocidio (5) donde se
menciona a CAF; la Corte Internacional de Justicia (6) en los párrafos 278 y 279, como
contrario al derecho internacional; y una demanda presentada ante la Fiscalía (7) contra el
Consejo de Administración de CAF por sus actuaciones contra las Convenciones de
Ginebra.
Cuarto: La investigación previa de la OHCHR en 2025 y la actualización de la Base de Datos
2026 de empresas delincuentes que actúan y se lucran en la política de colonización en
Territorio Ocupado por parte israelí, con bajas y altas, y el mantenimiento en las mismas
de la empresa CAF, que sigue colonizando y lucrándose en Territorio Ocupado Palestino
merecería OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE al mantener esas actuaciones. La empresa
CAF no ha registrado un Hecho Relevante por el nuevo registro en la Base de Datos de
2026, pudiendo haber dejado de estar, poniendo en peligro su imagen y su acceso a otros
mercados, por ejemplo en Escocia, Irlanda, etc., o en el ayuntamiento de Barcelona (8) que
excluye de poder participar en concursos a aquellas empresas que estén incluidas en las
Base de Datos de las Naciones Unidas.
Entendemos que la CNMV debiera de obligar, esta vez verazmente, a la empresa cotizada
CAF, a realizar un Hecho Relevante que informe a los inversores de su inclusión en la Base
de Datos 2026 de las Naciones Unidas y que esa circunstancia puede afectar a su
crecimiento y obtención de mercados.
Por lo tanto, solicitamos a la CNMV la publicación de hechos relevantes y las gestiones
oportunas para que los inversores tengan información actual y periódica de aquellos aspectos
de las actividades de CAF que ponen en cuestión la capacidad o la falta de voluntad de dicha
empresa para el cumplimiento del derecho internacional, entre ellas el haber sido señalada
en la Base de Datos de las NNUU en el ejercicio 2026 y sanciones a que hubiera lugar por no
hacerlo, dada la ilicitud de CAF al formar parte de la colonización y lucrarse en actividades en
Territorio Ocupado Palestino con la posible afectación de sus negocios.
(5) https://docs.un.org/es/A/HRC/ 59/23, párrafo 51
(párrafos 278 y 279)
Comité de Solidaridad con la Causa Árabe
.png)
No hay comentarios:
Publicar un comentario