lunes, 30 de mayo de 2022

El Punto Nacional de Contacto (adscrito al ministerio de comercio español) desnuda a CAF y su actuación ferroviaria entre Jerusalén y las colonias próximas en los Territorios Ocupados Palestinos

 

 



Yuval Raz del Ministerio de Finanzas de Israel, Zohar Zoller, director ejecutivo de JTMT, Lior Mentser de Bank Hapoalim, Oren Cohen, director ejecutivo de CFIR, la empresa conformada por CAF y Shapir Civil and Marine Engineering Ltd, y Manuel CAVIEDES, de CAF

El Punto Nacional de Contacto (adscrito al ministerio de comercio español) desnuda a CAF y su actuación ferroviaria entre Jerusalén y las colonias próximas en los Territorios Ocupados Palestinos

Comité de Solidaridad con la Causa Árabe, 30 de mayo de 2022

El 20 de diciembre de 2019, el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe(CSCA) pidió al Punto Nacional de Contacto (PNC), que mediase ante la empresa Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles (CAF), para corregir y parar su presunto mal comportamiento por actuar en los Territorios Ocupados Palestinos, al servicio de la potencia ocupante israelí.

El PNC es un organismo inscrito en el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que vela por el cumplimiento de las Líneas directrices de las empresas multinacionales, acordadas por los países miembros de la OCDE.

CAF había licitado en contra de los trabajadores de la empresa, junto a su socio israelí, Shapir, por la ampliación y nueva construcción de líneas de tren ligero entre la ciudad ocupada de Jerusalén y las colonias próximas, todo en la Cisjordania Ocupada. El 8 de agosto de 2019, CAF hizo público que junto a Shapir habían ganado ese concurso y empezaron a realizar su proyecto. En ese momento, el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe, advirtió que ese proyecto está en contra de las Resoluciones de las Naciones Unidas y que el Consejo de Administración de CAF estaba falseando la información suministrada a los accionistas y proveedores, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, etc.

Tras infructuosos intentos de conversar con la dirección de CAF que rehusó cualquier contacto, el CSCA pidió la mediación del PNC español que, tras intentar llegar a un acuerdo entre las partes que CAF rechazó justificando que tenía avales comprometidos, con gran retraso, y tras estar actualmente la factoría de CAF de Zaragoza entregando los primeros vagones, ha hecho público las recomendaciones a la empresa. En ellas se ve que CAF no ha tenido una Debida diligencia que respete ese concepto, ha falseado la información que transmite en el proyecto en los Territorios Ocupados y debe acometer una revisión de sus procedimientos por una entidad independiente.

Se da la circunstancia que el socio de CAF en ese proyecto en los Territorios Ocupados, Shapir, es una de las empresas denunciadas por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, así como su proveedor Banco Hapoalim y su cliente de autobuses Solaris, Egged. Demostrándose que CAF no tiene tampoco ninguna diligencia debida en lo que se refiere a proveedores o clientes que se lucran y facilitan la ocupación. 31 organizaciones ya han pedido que CAF sea incluida en esa Base de Datos de empresas delincuentes.

El trazado de las líneas de tren ligero o tranvía desde la ciudad ocupada de Jerusalén a las colonias próximas, en los Territorios Ocupados Palestinos, lo dicta las autoridades de ocupación. La Autoridad Palestina que también reclamó a CAF que desistiese del proyecto ha hecho en varias ocasiones petición expresa a CAF para que no continuase. La última, el primer ministro palestino, Mohammad Shtayyeh, ha pedido el pasado 16 de mayo que CAF deje de entregar a las autoridades israelíes 57 trenes que servirán para unir Jerusalén Oeste con los asentamientos de Jerusalén Este y Cisjordania.

CAF dice que cualquier pasajero, sin importar la nacionalidad, pagando, puede ser pasajero, no habría discriminación y que el uso del tranvía reduce la contaminación. No dice nada de que el trazado ha ocasionado expropiaciones a los palestinos y pérdida de hogares, y que facilitar la movilidad de población de la potencia ocupante a territorio ocupado es un crimen de lesa humanidad. En suma, facilitando la política de apartheid israelí.

CAF ha desoído todos los llamamientos para que deje de implicarse en la Ocupación de Palestina. De hecho, junto a Shapir está concursando para la construcción de una nueva Línea Púrpura que su trazado alcanza los Territorios Ocupados Palestinos.

A continuación, recogemos literalmente las recomendaciones a CAF del PNC de España, hechas públicas el 25 de mayo de 2022.

RECOMENDACIONES

RECOMENDACIÓN 1 (relacionada con los capítulos II Principios Generales y IV Derechos Humanos de las Líneas Directrices):

Se recomienda una mayor diligencia en la valoración de los daños o vulneraciones a los derechos humanos que pueda ocasionar la actividad de la empresa española.

Así, ésta debería revisar su política de Derechos Humanos e integrarla –si todavía no lo hubiera hecho- dentro de su política de RSC, especialmente en:

- sus planes de Responsabilidad Social Corporativa en materia de Derechos Humanos;

- su esquema de normas corporativas en materia de Compliance;

- su Código de Conducta;

- su política de Responsabilidad Social Corporativa;

- su Manual de Prevención de Delitos;

- su Manual de Diligencia Debida para contratación con terceros;

- su procedimiento corporativo específico de Diligencia Debida en materia de Derechos Humanos;

- su checklist de controles de Diligencia Debida.

RECOMENDACIÓN 2 (relacionada con el capítulo III Divulgación de Información de las Líneas Directrices):

Se recomienda a la empresa española que revise su política de divulgación de información, con objeto de que publique, en tiempo y forma, la información exacta de todos los aspectos significativos de sus actividades, estructura, situación financiera, resultados, accionistas y sistema de gobierno corporativo, incluyendo los factores de riesgo que puedan existir en las actividades que esté realizando o pueda realizar en el futuro.

A las dos recomendaciones anteriores, que tienen una relación directa con algunos de los capítulos de las Líneas Directrices, se añade la siguiente, aplicable a la totalidad del proyecto en curso:

RECOMENDACIÓN 3 (relacionada con la Guía de debida diligencia para una conducta empresarial responsable de la OCDE):

Se recomienda que, como parte de su debida diligencia, la empresa española encargue a un tercero independiente la elaboración de un informe que examine el impacto social que dicho proyecto pueda tener en los territorios ocupados y que actúe como complemento a los mecanismos que ya tiene establecidos. Dicho informe deberá estar disponible para el PNC en el plazo de un año desde la publicación de este informe en la web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Adicionalmente, se recomienda a la empresa española que recuerde a sus socios y proveedores, en línea con la Guía de debida diligencia para una conducta empresarial responsable de la OCDE16, la necesidad de respetar, en su actuación empresarial, las líneas directrices de la OCDE para empresas multinacionales.

Madrid, 25 de mayo de 2022

Punto Nacional de Contacto Español

pnacional.sscc@mincotur.es

15 http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/PoliticaExteriorCooperacion/DerechosHumanos/Documents/Plan%20de%20Acci%C3%B3n%20Nacional%20de%20Empresas%20y%20Derechos%20Humanos.pdf

16

https://mneguidelines.oecd.org/Guia-de-la-OCDE-de-debida-diligencia-para-una-conductaempresarial-responsable.pdf


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