miércoles, 31 de mayo de 2023
La situación de los trabajadores de los territorios árabes ocupados Organización Internacional del Trabajo
La situación de los trabajadores de los territorios árabes ocupados
martes, 30 de mayo de 2023
LA BASE DE DATOS DE NACIONES UNIDAS DE EMPRESAS CÓMPLICES CON LOS ASENTAMIENTOS ISRAELÍES EN EL TERRITORIO OCUPADO DE PALESTINA
En febrero de 2020, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos (ACNUDH) publicó una Base de Datos con 112 empresas con
actividades económicas en los asentamientos ilegales de Israel en el Territorio Ocupado
Palestino (ToP), incluyendo Jerusalén Este y los Altos del Golán Sirios. Esta lista de empresas
emanó de la resolución 31/36 de 2016 que incluía explícitamente su actualización anual.
[31 organizaciones de derechos humanos e internacionalistas, entre ellas el Comité de Solidaridad
con la Causa Árabe, han solicitado en el año 2020, al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones
Unidas la incorporación de la empresa CAF en dicha Base de Datos]
La publicación de la Base de Datos se realizó con 4 años de retraso desde la adopción del
mandato, una demora que fue justificada por motivos técnicos, por el entonces representante
del ACNUDH Zeid Ra’ad al-Hussein. Sin embargo, los retrasos en la finalización del listado
de
empresas respondieron más a intensos procesos de negociación y presiones políticas de las
empresas y los Estados de origen de las mismas.
A pesar de que el Derecho Internacional Humanitario (DIH) prohíbe categóricamente el
saqueo de los recursos naturales por la potencia ocupante, Israel no ha cesado de expandir
los asentamientos ilegales, y las zonas industriales anexas, en el ToP. Durante los cuatros
años de retraso en la publicación de la Base de Datos, el desarrollo de los asentamientos
ilegales en los ToP aumentó, produciéndose la conexión de los grandes bloques de Ma’ale
Adumim, Givat Ze’ev, Beitar Illit, Efrat, y Etzion con la ciudad de Jerusalén, todos ellos con
amplias actividades económicas.
Como ha reiterado el Consejo de Derechos Humanos en las resoluciones que han contribuido
al desarrollo del mandado de la Base de Datos, los asentamientos israelíes obstaculizan
un proceso de paz justa, duradera y comprehensiva basada en la solución de los dos Estados.
Por tanto, las actividades de las empresas israelíes y extranjeras que facilitan, mantienen y
sustentan los asentamientos, contribuyen a la
longevidad del conflicto y vulneran el derecho alienable del pueblo palestino a su
auto-determinación y el acceso a sus recursos naturales.
Los Estados, incluyendo Israel, están obligados a respetar las disposiciones establecidas por
el DIH, y establecer medidas para que sus nacionales no vulneren la norma internacional,
incluyendo las empresas bajo su jurisdicción. Asimismo, debido a las condiciones inherentes
de un contexto de alto riesgo, como una ocupación militar, las empresas tienes
responsabilidades especiales descritas en los Principios Rectores sobre las Empresas y los
Derechos Humanos de Naciones Unidas (PRNU), para evitar que sus operaciones afecten,
directa o indirectamente, los derechos humanos de las comunidades locales.
Publicamos un informe de Felipe Daza que pretende analizar el estado actual del instrumento
de la Base de Datos con el objetivo de avanzar en su desarrollo, actualización e
implementación a nivel internacional y nacional.
Panorámica de los antecedentes y características del instrumento, incluyendo las
interferencias políticas que determinaron el resultado de la primera publicación.
También se definen los ámbitos de aplicación de la Base de Datos con referencias a
las intersecciones con otros instrumentos como los PRNU.
Los límites del instrumento y los impactos alcanzados hasta el momento.
Estrategias para la incidencia política y recomendaciones para el uso y desarrollo de
La elaboración del estudio ha incluido una revisión de las resoluciones aplicables y
comunicaciones del Consejo de Derechos, ACNUDH y otras agencias de Naciones
Unidas, así como otras publicaciones relacionadas con la Base de Datos e informes
de empresas y sectores industriales vinculados de forma directa o indirecta con la
misma. Asimismo, durante el proceso de investigación se han realizado entrevistas
a representantes de organizaciones de la sociedad civil palestina e internacional, así
como misiones diplomáticas en Ginebra.
la Base de Datos dirigidas a las agencias relevantes de Naciones Unidas, instituciones
públicas, empresas y organizaciones de la sociedad civil.
Informe completo:
Vídeo de presentación del Informe.
lunes, 29 de mayo de 2023
Muere Antonio Gala
Antonio Gala
jueves, 25 de mayo de 2023
Los sindicatos europeos aprueban abogar por medidas que impidan comerciar con asentamientos en territorios ocupados Santiago González Vallejo Comité de Solidaridad con la Causa Árabe
Los sindicatos europeos aprueban abogar por medidas que impidan comerciar con asentamientos en territorios ocupados
"4.7.8 - Promover la resolución pacífica en Palestina, Siria, la región kurda y el Sáhara Occidental y en otros lugares, exigir el respeto del derecho internacional y el derecho de todos los pueblos a la autodeterminación, de conformidad con las resoluciones de la ONU; exigir que la UE garantice el respeto del ámbito geográfico de sus Acuerdos de Asociación; exigir que la UE considere el impacto sobre los trabajadores cuando despliegue sanciones y bloqueos. La CES abogará por medidas reguladoras que impidan a las entidades legales de la UE importar productos originados en asentamientos ilegales y exportar a territorios ocupados, ayudando o asistiendo a tales situaciones ilegales de conformidad con los Tratados de la UE y el cumplimiento del derecho internacional. La CES reafirma la necesidad de un acuerdo negociado entre Israel y Palestina que dé lugar a una solución duradera y pacífica de "dos Estados", que represente la solidaridad, la justicia y los derechos legítimos de ambos pueblos a coexistir en condiciones de seguridad, independencia y dos Estados soberanos viables. La CES pide que se refuerce, bajo los auspicios de la CES y de sus sindicatos afiliados, la cooperación entre la Histadrut y la PGFTU para ayudar a los trabajadores palestinos empleados en Israel y, en particular, la formación profesional que se imparte a estos últimos en el sector industrial."
Una sociedad justa y democrática que beneficie a todos: por eso luchan los palestinos Mustafa Barghouti
Refugiados palestinos cruzando el rio Jordán durante la guerra árabe israelí de 1967. Foto: UNRWA7AP
martes, 23 de mayo de 2023
La Agencia Tributaria quiere ahora mejorar el control de las importaciones procedentes de asentamientos ilegales israelíes
La Agencia Tributaria quiere ahora mejorar el control de las importaciones procedentes de asentamientos ilegales israelíes
El Comité de Solidaridad con la Causa Árabe (CSCA) lleva tiempo promoviendo la formulación de preguntas parlamentarias en España y en el Parlamento Europeo para conocer el monto, características y aranceles pagados por las importaciones procedentes de asentamientos de los Territorios Ocupados Palestinos.
De las respuestas recibidas se comprueba la falta de control y la desidia de nuestras autoridades españolas y europeas con respecto al comercio entre la UE y los asentamientos en Territorio Ocupado Palestino.
Esto se desvela en la propia Instrucción General del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, dependiente de la Agencia Tributaria, cuando en ella, primero, se reconoce que "el sistema existente no permite a los Estados miembros recopilar información estadística sobre el volumen y los tipos de mercancías importadas de los asentamientos" y remata "El objetivo de este nuevo código de certificado TARIC es facilitar y mejorar el cumplimiento por parte de los operadores y permitirá por primera vez a los Estados miembros recopilar estadísticas sobre el comercio de mercancías de la UE con los asentamientos". "El objetivo de este nuevo código de certificado TARIC es facilitar y mejorar el cumplimiento por parte de los operadores y permitirá por primera vez a los Estados miembros recopilar estadísticas sobre el comercio de mercancías de la UE con los asentamientos".
Agencia Tributaria Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
NI GA 08/2023 DE 8 DE MAYO, DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GESTION ADUANERA RELATIVA A LAS IMPORTACIONES PROCEDENTES DE ISRAEL EN LA UNIÓN EUROPEA
En relación al aviso a los importadores sobre importaciones de Israel en la UE publicado en el DOUE serie Cnº232 de 3 de agosto de 2012 se recuerda que, de conformidad con el acuerdo técnico alcanzado entre la UE e Israel, desde el 1 de febrero de 2005, existe la obligación de que todos los EUR1 y las declaraciones en factura expedidas o cumplimentadas en Israel incluyan el código postal y el nombre de la ciudad, pueblo o zona industrial de producción en la que se ha llevado a cabo la fabricación que confiere al producto su carácter originario. Esta obligación se hace, también, extensiva a todos los EUR MED y declaraciones en factura EUR MED.
La inclusión de esta información geográfica adicional en los certificados de origen y en las declaraciones en factura tiene por objeto permitir a las administraciones aduaneras de los Estados miembros identificar adecuadamente aquellas que son efectivamente pruebas válidas de origen preferencial, de las que no lo son, para poder rechazar las reclamaciones preferenciales sobre esta última sin necesidad de una verificación adicional.
Si bien las administraciones aduaneras pueden identificar la información pertinente cuando se realiza un control documental, no pueden, sin embargo, determinar directamente la información geográfica mencionada en la prueba de origen. Además, el sistema existente no permite a los Estados miembros recopilar información estadística sobre el volumen y los tipos de mercancías importadas de los asentamientos.
Teniendo en cuenta estos elementos, hay margen para hacer que el sistema sea más robusto y garantizar que los bienes de los asentamientos no se beneficien de las preferencias comerciales.
Para abordar estas cuestiones, la Comisión ha creado un nuevo código de certificado TARIC (Y864), indicando que la prueba de origen en poder del operador no se refiere a un lugar que no pueda acogerse al trato preferencial en virtud del Acuerdo de Asociación UE-Israel. A través de la nota a pie de página CD 906 el operador encontrará información sobre el sitio web de la Comisión que contiene la lista de dichos lugares.
Este nuevo certificado deberá declararse, a partir del próximo 16 de mayo, en la casilla 44 del DUA de importación cuando el operador solicite las preferencias arancelarias establecidas en el Acuerdo de Asociación UE-Israel o cuando solicite un contingente arancelario preferencial establecido en el mismo Acuerdo de Asociación.
El objetivo de este nuevo código de certificado TARIC es facilitar y mejorar el cumplimiento por parte de los operadores y permitirá por primera vez a los Estados miembros recopilar estadísticas sobre el comercio de mercancías de la UE con los asentamientos.
Madrid, 8 de mayo de 2023
La Subdirectora General de Gestión Aduanera
Nerea Rodríguez Entremonzaga (Documento firmado electrónicamente)
Documento firmado electrónicamente (Ley 40/2015) por NEREA RODRIGUEZ ENTREMONZAGA, la Subdirectora General de Gestión Aduanera, 9 de mayo de 2023. Autenticidad verificable mediante Código Seguro Verificación J85B4EJ44LWRUY5C en https://sede.
España endurece las importaciones desde las colonias de Israel en Palestina
España endurece las importaciones desde las colonias de Israel en Palestina
Exigirá a los exportadores israelíes un certificado de origen si quieren acogerse a la exención de aranceles del tratado UE-Israel
Un soldado israelí vigila el asentamiento ilegal de Har Homah, en las afueras de Belén, en pleno Territorio Ocupado de Palestina. /REUTERS/YANNIS BEHRAKIS
epe.es, 23 de mayo del 2023. 06:51
En 2000, la Unión Europea e Israel alcanzaron un acuerdo de libre comercio. Dejaron de aplicar aranceles a la importación. En 2004, se añadió una salvaguarda: quedarían excluidos de esta ventaja aquellos artículos que vinieran de los asentamientos ilegales israelíes en los Territorios Ocupados de Palestina. Las aduanas españolas, y las del resto de los países de la UE, debían discriminar unos productos de otros, en base al código postal. No se ha hecho: España no conoce siquiera el volumen de ingresos por aranceles desde Israel. Una cifra que mostraría cuánto comercio se permite desde las colonias ilegales. Esa situación ha quedado expuesta en varias preguntas parlamentarias en Madrid y en Bruselas, y ha sido denunciada por las organizaciones de derechos humanos, que recuerdan que lucrarse con zonas ocupadas es ilegal e inmoral.
Ahora, tras más de dos décadas de vigencia del acuerdo, el Ministerio de Hacienda ha dado la orden de que las aduanas españolas exijan a los productos provenientes de Israel un nuevo código de certificado de origen (llamado Taric). Si el exportador israelí no quiere pagar aranceles, debe demostrar que su mercancía no ha sido producida en los Territorios Ocupados. “La prueba de origen en poder del operador no se refiere a un lugar que no pueda acogerse al trato preferencial en virtud del Acuerdo de Asociación UE-Israel”, se lee en la instrucción de la Agencia Tributaria (AEAT), recogida por EL PERIÓDICO DE ESPAÑA. La nueva regulación aplica desde este 16 de mayo.
Cisjordania, incluida Jerusalén Este, y Gaza, debían formar el estado de Palestina, tal y como se acordó en Oslo en 1993. Pero el Gobierno israelí ocupa militarmente Cisjordania, bloquea Gaza y promueve los asentamientos ilegales. Hay en Cisjordania al menos 144 colonias (desde urbanizaciones a pequeñas ciudades) y 100 puestos de control que albergan a un total de cerca de medio millón de israelíes. Su economía se basa sobre todo en productos agrícolas, como vinos o dátiles. Estos asentamientos son ilegales para España, la UE, Naciones Unidas y Estados Unidos, entre otros. “De acuerdo con el derecho internacional, todos los acuerdos entre Israel y la UE deben indicar explícitamente su inaplicabilidad a los territorios ocupados por Israel desde junio de 1967”, recordó hace dos años Valdis Dombrovskis, comisario europeo de Comercio.
La Embajada de Israel asegura que no ha sido informada de este cambio, pero no ha hecho más comentarios al respecto al cierre de esta edición.
La Agencia Tributaria explica a este diario que el cambio técnico sirve para "llamar la atención" al exportador sobre el "cumplimiento de una obligación ya existente". Si va a solicitar trato preferencial para sus bienes, necesita que "el certificado u otra prueba de origen de la que dispone se refiera a un lugar dentro de las fronteras internacionalmente reconocidas del país". Así, interpreta este organismo de Hacienda, el nuevo código "no supone ninguna modificación a la esencia del acuerdo técnico para la aplicación del protocolo sobre normas de origen del Acuerdo de Asociación UE-Israel adoptado por el Comité de Cooperación Aduanera UE-Israel en diciembre de 2004".
Desde las organizaciones de derechos humanos se pide ir más allá. “Si son ilegales los asentamientos ¿por qué es legal su comercio?”, se pregunta Santiago González Vallejo, del Comité de Solidaridad con la Causa Árabe. "El cambio normativo es correcto y viene a sustituir una laguna (y cinismo) de la UE, pero no evita el problema de lucro de la ocupación y la política de la UE de consentimiento y complicidad con la ocupación y colonización israelí".
Sin control de importación desde las colonias
El nuevo código, creado por la Comisión Europea, es el “Y864”, y debe incluirse en todos los productos desde Israel desde el pasado 16 de mayo. Y eso siempre que el exportador israelí “solicite las preferencias arancelarias establecidas en el Acuerdo de Asociación UE-Israel”. Es decir: si quiere acogerse a la exención del pago de aranceles, debe demostrar que su producto no procede de los Territorios Ocupados (Cisjordania -incluida Jerusalén Este- y Franja de Gaza, según la UE).
En teoría, España y el resto de países ya tenían un sistema para evitar aplicar ventajas a los productos de la ocupación. Se exigía a los exportadores especificar la localidad y el código postal. Pero nadie lo vigilaba. Los funcionarios de aduanas no se ponían a verificar el código de cada paquete de dátiles o de caja de vino.
El propio texto de la Agencia Tributaria reconoce el total descontrol: ni siquiera se conoce el volumen de importaciones desde los Territorios Ocupados a grandes rasgos. “El sistema existente no permite a los Estados miembros recopilar información estadística sobre el volumen y los tipos de mercancías importadas de los asentamientos”. Ahora se va a exigir, no ya la inclusión del código postal, sino un certificado de origen. “El objetivo de este nuevo código de certificado Taric es facilitar y mejorar el cumplimiento por parte de los operadores y permitirá por primera vez a los Estados miembros recopilar estadísticas sobre el comercio de mercancías de la UE con los asentamientos”. Con este nuevo código, las autoridades aduaneras de España y el resto de los países de la UE pueden "identificar fácilmente las importaciones de productos efectivamente originarios de Israel sin necesidad de tener que hacer revisión documental de las pruebas de origen presentadas", argumenta la AEAT.
Imagen de una etiqueta de producto israeli
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Hasta ahora, y como ejemplo, en un paquete de dos kilos de dátiles Medjoul importado desde Israel por la empresa Agrifood Marketing, constan dos localizaciones. La primera es donde la compañía tiene su sede, en la ciudad israelí de Haifa. La otra es el origen. “Producto de Israel: Meshek Oren, código postal 8682000”. Ahora, deberá incluir además el código de certificado de origen que, en principio, debería permitir el control sistemático de esas importaciones
Eso no garantiza que se endurezca el comercio con las colonias. “Agrifood. por ejemplo, produce y envasa en asentamientos del Valle del Jordán”, explica González Vallejo. “Pasan como israelíes y no por ser elaborados en Territorios Ocupados”.
España importó mercancías de Israel por valor de 818 millones de euros en 2021: máquinas y aparatos mecánicos, materiales de plástico, productos químicos orgánicos, eléctricos y ópticos, entre otros.
En 2021, la Comisión trató de evitar una Iniciativa Ciudadana Europea que pedía la suspensión del comercio entre la UE y los asentamientos ilegales producto de la ocupación militar. Alegaba que no tenía competencias para imponer sanciones a terceros países. Los promotores lo llevaron a los tribunales de justicia europeos, que les dieron la razón: excluir a los territorios ocupados de la prebenda de no pagar aranceles no es una sanción, como alegaba el ejecutivo comunitario, sino la aplicación de un acuerdo comercial. Y, por tanto, es la Comisión la que tiene la competencia de velar por su cumplimiento.
Es en este contexto en el que se ha producido el endurecimiento de los requisitos. “Hay margen para hacer que el sistema sea más robusto y garantizar que los bienes de los asentamientos no se beneficien de las preferencias comerciales”, concluye la Agencia Tributaria en su nueva Instrucción.
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