Listado de localidades y códigos postales sobre la prohibición de importación de bienes y emisión de publicidad de servicios a que se refiere el Real Decreto-ley 10/2025, de 23 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes contra el genocidio en Gaza y de apoyo a la población palestina
Boletín Oficial del Estado, 12 de febrero de 2026
Resolución de 10 de febrero de 2026, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se deja sin efecto y sustituye la de 23 de diciembre de 2025, por la que se aprueba el listado de localidades y códigos postales a que se refiere el apartado 2 del artículo 3 del Real Decreto-ley 10/2025, de 23 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes contra el genocidio en Gaza y de apoyo a la población palestina.
TEXTO ORIGINAL
El Real Decreto-ley 10/2025, de 23 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes contra el genocidio en Gaza y de apoyo a la población palestina, prohíbe en su artículo 3 la importación en España de los productos originarios de asentamientos israelíes en el Territorio Palestino Ocupado, de acuerdo con la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia de 19 de julio de 2024.
A efectos de facilitar el cumplimiento de esta prohibición, el apartado 2 del artículo 3 del citado Real Decreto-ley prevé que la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a propuesta del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, apruebe el listado de localidades y códigos postales correspondientes a los asentamientos israelíes en el Territorio Palestino Ocupado para que dicha Agencia pueda dar cumplimiento a lo establecido en ese artículo.
Mediante Resolución de 23 de diciembre de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se aprobó el listado de localidades y códigos postales a que se refiere el apartado 2 del artículo 3 del Real Decreto-ley 10/2025, de 23 de septiembre.
Recibida información actualizada del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, procede dejar sin efecto la Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 23 de diciembre de 2025 y su anexo, sustituyéndolos por una nueva resolución y anexo, sin perjuicio del alto grado de coincidencia entre los dos listados.
Además, es importante recordar que el Real Decreto-ley 10/2025, de 23 de septiembre, establece la obligación del declarante de consignar no solamente el código postal, sino también la localidad de origen del producto, teniendo en cuenta que la precisa localización geográfica dentro del Territorio Palestino Ocupado es el criterio determinante, de acuerdo con la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia de 19 de julio de 2024, citada en el artículo 3.1 del citado Real decreto-ley.
En virtud de lo expuesto, una vez recibido el listado actualizado remitido por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, basado en la lista de la Comisión Europea sobre los lugares, con sus códigos postales, que no pueden acogerse a trato arancelario preferencial previsto en el Acuerdo de Asociación Unión Europea-Israel, resuelvo:
Único. Listado de localidades y códigos postales correspondientes a los asentamientos israelíes en el Territorio Palestino Ocupado.

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