miércoles, 16 de octubre de 2024

Informe del Consejo de Derechos Humanos de las NNUU y empresas en Territorio Ocupado Palestino.CSCA


 Informe del Consejo de Derechos Humanos de las NNUU y empresas en Territorio Ocupado Palestino


CSCA 

El Alto Comisionado del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ACNUDH), encargado de actualizar la Base de Datos de empresas que participan en la colonización, hace un Informe, A/HRC/57/21con fecha de distribución del 2 de agosto de 2024, que si bien no actualiza las empresas existentes a fecha de 30 de junio de 2023, remarca la metodología de los motivos para incorporar (o excluir) a empresas de esa Base de Datos, en función del cumplimiento de los Principios Rectores de las Naciones Unidas. Este Informe ha sido evaluado en la 57º período de sesiones 9 de septiembre a 9 de octubre de 2024 en Ginebra. 

En el propio Informe se da cuenta de los retrasos en la contratación de personal para cumplir el mandato establecido en la resolución 53/25 del Consejo de Derechos Humanos y de la crisis de liquidez de las Naciones Unidas (la UE no quiso contribuir con una cantidad suplementaria), por lo que el ACNUDH no pudo llevar a cabo una evaluación completa de las empresas mencionadas en las comunicaciones recibidas ni ponerse en contacto con ellas antes de que venciera el plazo para presentar este informe.

Además, informa del proceso público de las comunicaciones de terceros para la incorporación de nuevas empresas en esa Base de Datos.

Así, en los apartados 43 a 45 dice que el Alto Comisionado (ACNUDH) recibió un total de 733 comunicaciones, en las cuales se alegaba que había 596 empresas que participaban en actividades incluidas en la lista. 

Entre ellas, están las comunicaciones enviadas por el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe que afectan a 10 entidades, entre ellas CAF, OSSA, GMV y TYPSA. 

Hay que señalar que las empresas Edreams, Odigeo y Opodo, todas del grupo español Edreams, ya están incluidas en la actual Base de Datos. Entre los consejeros que comparten Consejos de Administración de CAF y Edreams, se encuentra Carmen Alló, la responsable de auditoria interna y de una 'diligencia debida' sin ninguna credibilidad, dado que ambos grupos de empresas se lucran con la colonización de Territorio Ocupado por Israel, 

La primera, CAF, construyendo y gestionando líneas de tren ligero entre Israel y las colonias en Territorio Ocupado Palestino, tener como socio, Shapir, y clientes y proveedores, a las autoridades de ocupación israelí, Egged, Banco Hapoalim, empresas ya incluidas en la Base de Datos.L asegunda, Edreams, grupo de empresas de turismo on line son comisionistas por el alquiler de alojamiento en colonias en Territorio Ocupado por Israel, tanto en Cisjordania como en los Altos del Golán sirio.

De las comunicaciones recibidas por el ACNUDH, el 88 % procedía de organizaciones de la sociedad civil y particulares; el 10 %, de Estados y el 2 % restante, de otras partes interesadas. 

En cuanto a los sectores a que se dedican las empresas afectadas por las alegaciones, el examen inicial indica que el 45 % tiene que ver con la construcción y la industria manufacturera, el 14 % se dedica a las finanzas, el 6 % a la agricultura, la alimentación y las bebidas, el 4 % a la tecnología, otro 4 % a la energía y los recursos naturales, el 3 % a la seguridad, el 11 % a otros sectores empresariales y queda un 13 % por clasificar.

El ACNUDH aplicará la metodología expuesta en este Informe permitiendo que las empresas analizadas respondan a las alegaciones sobre su participación en las actividades incluidas en la lista. Una vez que haya tenido la oportunidad de responder, la empresa solo será incluida en la base de datos cuando el ACNUDH considere que existen motivos razonables para considerar, sobre la base de la totalidad de la información que haya examinado, que la empresa participa en una o más de las actividades incluidas en la lista.

Alcance de la base de datos
Como se especifica en la resolución 31/36, la base de datos debe contener las empresas que participan en las actividades detalladas en el párrafo 96 del informe de la misión internacional independiente de investigación de las consecuencias de los asentamientos israelíes para los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales del pueblo palestino en todo el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental ( A/HRC/22/63 ). En ese párrafo se enumeran las siguientes actividades:
  • El suministro de equipos y materiales que faciliten la construcción y la ampliación de los asentamientos y del Muro, y de las infraestructuras asociadas.
  • El suministro de equipos de vigilancia e identificación para los asentamientos, el muro y los puestos de control vinculados directamente con los asentamientos.
  • El suministro de equipos para la demolición de viviendas y propiedades, la destrucción de explotaciones agrícolas, invernaderos, olivares y cultivos.
  • El suministro de servicios, equipos y materiales de seguridad a las empresas que operan en los asentamientos
  • La prestación de servicios y utilidades que apoyan el mantenimiento y la existencia de asentamientos, incluido el transporte.
  • Operaciones bancarias y financieras que contribuyan al desarrollo, expansión o mantenimiento de asentamientos y sus actividades, incluidos los préstamos para vivienda y el desarrollo de empresas.
  • El uso de recursos naturales, en particular agua y tierra, con fines comerciales
  • Contaminación y vertido de residuos en aldeas palestinas o su traslado a ellas
  • Cautiverio de los mercados financieros y económicos palestinos, así como prácticas que perjudican a las empresas palestinas, incluidas las restricciones a la circulación y las limitaciones administrativas y jurídicas
  • Utilización de los beneficios y reinversiones de empresas propiedad total o parcial de colonos para el desarrollo, expansión y mantenimiento de los asentamientos
Informes
2018:  El ACNUDH publicó un informe provisional ( A/HRC/37/39 ) en el que se establecen los métodos de trabajo y la metodología utilizados para cumplir el mandato establecido en la resolución 31/36 del Consejo.
2020:  El ACNUDH publicó un informe ( A/HRC/43/71 ) que contiene una base de datos con listas de 112 empresas comerciales.
2023:   El ACNUDH publicó una  actualización que contiene una revisión de las 112 empresas comerciales.
2024: El ACNUDH publicó un informe ( A/HRC/57/21 ) en el que se detallan los fundamentos jurídicos y de derechos humanos de la labor, así como una metodología actualizada para actualizar la base de datos. El informe también contiene datos preliminares de una selección inicial de las contribuciones recibidas en respuesta a una convocatoria de aportaciones realizada en mayo de 2024.

 

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