domingo, 13 de octubre de 2024

Relación de preguntas en el Parlamento europeo referidas a Israel/Palestina y suspensión comercial Resolución adoptada por la ONU sobre la ocupación israelí de los territorios palestinos 20.9.2024


 Relación de preguntas en el Parlamento europeo referidas a Israel/Palestina y suspensión comercial

  • Resolución adoptada por la ONU sobre la ocupación israelí de los territorios palestinos 20.9.2024

Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-001779/2024

Hanna Gedin (La Izquierda), Jonas Sjöstedt (La Izquierda), Li Andersson (La Izquierda), Jussi Saramo (La Izquierda), Merja Kyllönen (La Izquierda), Per Clausen (La Izquierda)

El 18 de septiembre de 2024, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una decisión histórica sobre la ocupación ilegal de los territorios palestinos por parte de Israel. Una abrumadora mayoría de los países del mundo decidió que Israel debía abandonar los territorios ocupados en el plazo de un año. El mensaje es claro: a los ojos de la comunidad internacional, la ocupación israelí de Palestina es un crimen que debe terminar.

El sufrimiento del pueblo palestino ha llamado la atención del mundo, pero la ocupación de Palestina lleva décadas. La Corte Internacional de Justicia es clara, la ONU es clara y ahora el mundo espera que la UE siga su ejemplo. El mundo necesita ahora realizar esfuerzos conjuntos para poner fin a la ocupación israelí de Palestina.

En la resolución adoptada, la ONU llama a los países del mundo a poner fin a todo comercio de armas con Israel, a boicotear los productos de los colonos y a impedir que Israel continúe su ocupación.

A la luz de la histórica decisión de las Naciones Unidas, y con los ojos del mundo puestos en la UE, hacemos un llamamiento a la Comisión y al Consejo de Ministros para que tomen medidas, y con ello en mente:

¿Qué sanciones inmediatas impondrá la UE para garantizar que la ocupación de Palestina por parte de Israel llegue a su fin?

  • Reciente masacre en la “zona humanitaria” de Al-Mawasi en la Franja de Gaza14.9.2024
Pregunta prioritaria para respuesta escrita P-001714/2024
Cecilia Strada (S&D), Alessandro Zan (S&D), Annalisa Corrado (S&D), Giorgio Gori (S&D), Irene Tinagli (S&D), Elisabetta Gualmini (S&D), Marco Tarquinio (S&D), Alessandra Moretti (S&D), Brando Benifei (S&D), Camilla Laureti (S&D), Sandro Ruotolo (S&D), Pierfrancesco Maran (S&D), Stefano Bonaccini (S&D), Raffaele Topo (S&D), Dario Nardella (S&D), Murielle Laurent (S&D), Marit Maij (S&D), Matteo Ricci (S&D), Lucia Annunziata (S&D)
Recientemente, los ataques aéreos israelíes han matado a unas 20 personas y herido a otras 60 en la "zona humanitaria" de Al-Mawasi, en la Franja de Gaza, donde se han refugiado cientos de miles de desplazados tras haber recibido varias órdenes militares de trasladarse allí. A pesar de estar designada como "zona segura", Al-Mawasi ha sido atacada varias veces, como en julio, cuando unas 90 personas murieron con el pretexto de un ataque contra objetivos militares legítimos, presumiblemente ocultos entre la población. El derecho internacional humanitario (DIH) contiene muchas disposiciones pertinentes a la protección de las personas desplazadas internamente como parte de la población civil. Se encuentran principalmente en el Cuarto Convenio de Ginebra de 1949 y los Protocolos Adicionales I (PA I) y II de 1977.
En este contexto, teniendo en cuenta la firme condena de las Naciones Unidas y las recientes opiniones de la Corte Internacional de Justicia, y teniendo en cuenta el artículo 21(2) del Tratado de la Unión Europea, ¿se propone la Comisión:
  • 1.
    ¿Cómo garantizar que las partes implicadas en el conflicto cumplan con sus obligaciones en virtud del DIH, en particular el artículo 51 del PA I sobre la protección de la población civil contra ataques indiscriminados durante operaciones militares?
  • 2.
    revisar el cumplimiento por parte de Israel del artículo 2 del Acuerdo de Asociación [1] , si se prueban los hechos, y posteriormente activar el artículo 75 del mismo.
  • [1]  Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra, DO L 147 de 21.6.2000, p. 3.
  • [2]  Esta pregunta cuenta con el apoyo de un miembro distinto de los autores: Giuseppe Lupo (S&D)


  • Medidas de la UE en respuesta a la opinión consultiva de la CIJ sobre la ocupación israelí del territorio palestino. 13.9.2024
Pregunta con solicitud de respuesta escrita  E-001713/2024/rev.1
Vicent Marzà Ibáñez (Verts/ALE)
La opinión consultiva del 19 de julio de 2024 emitida por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) establece que la ocupación israelí del territorio palestino es claramente ilegal. Además, el dictamen resalta que existen «consecuencias legales» para los Estados miembros de las Naciones Unidas, quienes están «obligados a no proporcionar ayuda ni asistencia para perpetuar la situación creada por la presencia ilegal de Israel en el territorio palestino ocupado».
En este contexto:
  • 1.
    ¿Qué acciones concretas ha llevado a cabo o tiene previsto realizar la UE dentro de sus competencias para prohibir el comercio con los asentamientos, sancionar a las empresas que operan en ellos, retirar la elegibilidad para subvenciones y limitar la participación en programas de la UE para, entre otros, empresas y centros universitarios que estén activos en los asentamientos?
  • 2.
    ¿Qué medidas se están considerando respecto a las sanciones a los colonos?

  • La actuación de la UE tras el dictamen de la CIJ sobre las consecuencias jurídicas de la ocupación israelí 24.7.2024
Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-001418/2024
Per Clausen (La Izquierda), Li Andersson (La Izquierda), Jonas Sjöstedt (La Izquierda), Hanna Gedin (La Izquierda)
El 19 de julio de 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya emitió su opinión consultiva [1] sobre las consecuencias jurídicas derivadas de las políticas y prácticas de Israel en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental.
En la opinión consultiva, la CIJ considera que "las políticas y prácticas de Israel a que se hace referencia en la pregunta a) violan el derecho internacional. El mantenimiento de esas políticas y prácticas constituye un acto ilícito de carácter continuo".
En este contexto:
  • 1.
    ¿Cómo y cuándo planteará la UE a las autoridades israelíes las cuestiones específicas tratadas en la opinión consultiva?
  • 2.
    ¿No constituirían las continuas violaciones del derecho internacional, como las resultantes de la ocupación ilegal, una razón que permitiría a la UE suspender el Acuerdo de Asociación UE-Israel?
  • 3.
    Dado que las políticas de Israel son ilegales, ¿impondrá la UE sanciones a los altos funcionarios israelíes que se consideren responsables de ellas?

Respuesta: 

Respuesta del Alto Representante/Vicepresidente Borrell i Fontelles en nombre de la Comisión Europea. 16.9.2024

La UE tomó buena nota de la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia respecto de las «Consecuencias jurídicas derivadas de las políticas y prácticas de Israel en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental» [1] .
Sus conclusiones confirman en gran medida las posiciones existentes de la UE, que están plenamente alineadas con las resoluciones de las Naciones Unidas (ONU) [2] relativas al estatuto del territorio palestino ocupado.
La UE mantiene desde hace tiempo una posición de no reconocimiento de la soberanía de Israel sobre los territorios ocupados por Israel desde junio de 1967 y considera ilegales los asentamientos israelíes en el territorio palestino ocupado.
La posición de la UE se ajusta así a la conclusión de la opinión de que las organizaciones internacionales tienen el deber de no reconocer como legal la situación derivada de la presencia ilegal de Israel en el territorio palestino ocupado.
Además, en lo que respecta a sus propias obligaciones (así como a las de los Estados miembros) establecidas en el Acuerdo de Asociación UE-Israel [3] , la UE ya cumple la obligación de distinguir en sus relaciones con Israel entre el territorio de Israel y el territorio palestino ocupado.
En particular, los productos originarios de Cisjordania no pueden beneficiarse de los acuerdos arancelarios preferenciales concedidos a los productos originarios de Israel.
La legislación de la UE también exige que cualquier producto alimenticio originario de los asentamientos israelíes no pueda ser etiquetado y/o importado a la UE como originario de Israel.
La UE todavía está evaluando la Opinión Consultiva y sus implicaciones para las acciones y políticas de la UE, incluida la política exterior y de seguridad común.
En cuanto a las posibles futuras medidas restrictivas dirigidas a personas o entidades, cabe destacar que correspondería al Consejo adoptar dichas medidas por unanimidad.
  • Suspensión del Acuerdo de Asociación UE-Israel y reconocimiento del Estado de Palestina 16.7.2024
Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-001358/2024
João Oliveira (La Izquierda)
El genocidio del pueblo palestino en la Franja de Gaza, que ha sido ampliamente denunciado internacionalmente, continúa desde hace meses.
Se calcula que los bombardeos israelíes han matado a unos 38.000 palestinos y herido a más de 78.000, incluidos miles de niños. Israel también está bloqueando la ayuda humanitaria a la población palestina. La revista científica The Lancet estima que 186.000 palestinos han muerto como resultado directo o indirecto del conflicto, es decir, el 7,9% de la población de la Franja de Gaza.
Mientras tanto, en Cisjordania, los palestinos siguen siendo asesinados, atacados y obligados a abandonar sus hogares por las fuerzas militares y los colonos israelíes, mientras se anuncian planes para construir más asentamientos.
Israel está avanzando y expandiendo su ocupación y colonización del territorio palestino con impunidad, incumpliendo las resoluciones de la ONU y obstaculizando una solución de dos Estados.
Las masacres deben cesar, debe iniciarse un cese del fuego inmediato y permanente, debe garantizarse el acceso ilimitado a la ayuda humanitaria, deben liberarse los prisioneros palestinos e israelíes y debe crearse un Estado de Palestina, como lo establecen las resoluciones de la ONU.
Entre otras medidas para avanzar hacia el logro de esos objetivos:
  • 1.
    ¿Propondrá la Comisión al Consejo suspender el Acuerdo de Asociación UE-Israel?
  • 2.
    ¿Propondrá la Comisión que los Estados miembros reconozcan el Estado de Palestina, tal y como se determinó hace décadas mediante resoluciones de las Naciones Unidas?

RESPUESTA: 
Respuesta del Alto Representante/Vicepresidente Borrell i Fontelles en nombre de la Comisión Europea, 9.9.2024
1. La UE ha sido siempre clara al transmitir sus preocupaciones mediante el compromiso político y el diálogo franco y abierto, incluso con los socios israelíes. El Acuerdo de Asociación con Israel [1] es la base jurídica del diálogo en curso con las autoridades israelíes y proporciona mecanismos importantes para debatir cuestiones y promover el punto de vista de la UE. A ese respecto, la UE espera convocar un Consejo de Asociación con Israel lo antes posible.
2. El reconocimiento de Estados es competencia de los Estados miembros. La UE mantiene desde hace tiempo su compromiso de lograr una solución justa y global del conflicto entre Israel y Palestina, basada en la solución de dos Estados. La UE seguirá apoyando firmemente a la Autoridad Palestina, en particular mediante un paquete de apoyo plurianual basado en reformas acordadas para ayudar a allanar el camino hacia una solución de dos Estados.

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