Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Previsiones acerca de adoptar las medidas necesarias para incluir en todos los pliegos de contratación pública una cláusula que excluya de la participación en licitaciones a empresas que colaboren, directa o indirectamente, con la ocupación ilegal de los Territorios Palestinos Ocupados, o con actos que puedan constituir genocidio, en aplicación de las medidas provisionales ordenadas por la Corte Internacional de Justicia (CIJ). (184/027819)
A LA MESA DEL CONGRESO
AI amparo de lo establecido en el articulo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso, los miembros de la cámara que suscriben formulan las siguientes preguntas al Gobierno para su respuesta por escrito.
El 19 de julio de 2024, la Corte Internacional de Justicia determinó que los asentamientos israelíes en Cisjordania violan el derecho internacional, ordenando la paralización de asentamientos y la evacuación de colonos, subrayando su carácter de anexión permanente, así como la vulneración de la 4º Convención de Ginebra. En la Opinión Consultiva se insta a todos los Estados miembros de la ONU a no reconocer ni ayudar a mantener dicha situación, ordenando también la evacuación de asentamientos, la restitución de tierras y reparación de daños, y recordando la obligación de no cooperar con las políticas discriminatorias de ocupación.
En este sentido, la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en su Opinión Consultiva sobre las consecuencias jurídicas de la ocupación, estableció que “todos los Estados tienen la obligación de no reconocer como lícita una situación derivada de una violación grave del Derecho Internacional, de no prestar ayuda o asistencia para el mantenimiento de dicha situación, y de cooperar para ponerle fin”
Asimismo, la Resolución A/RES/ES-10/17 de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 15 de diciembre de 2023, instó a todos los Estados a ”abstenerse de cualquier medida que pueda implicar reconocimiento, apoyo o asistencia a la ocupación de territorios”.
Numerosas empresas, entre las que se encuentran empresas españolas, han sido señaladas por su participación, directa o indirecta, en actividades económicas relacionadas con los asentamientos israelíes en territorios ocupados de Palestina, considerados ilegales según el derecho internacional. Estas compañías, en sectores como la construcción, tecnología y transporte, han sido incluidas en informes de organizaciones como las Naciones Unidas, Observatorios de Derechos Humanos y diversas organizaciones (como Amnistía Internacional) por contribuir a la sostenibilidad de los asentamientos o beneficiarse económicamente de ellos. La implicación de estas empresas, que forman parte de la ocupación y colonización que ejerce Israel sobre los territorios ocupados, también podría vulnerar la legalidad internacional ya que dichas actividades pueden estar asociadas con violaciones de derechos humanos y del derecho humanitario internacional. Mas concretamente, entre otras, podrían contravenir las medidas provisionales ordenadas por la CIJ (26 de enero, 28 de marzo y 24 de mayo de 2024) y de la opinión consultiva del 19 de julio de 2024 que declaró ilegal la ocupación.
De hecho, la Base de Datos de la ACNUDH (Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos), elaborada desde 2020, identifica a las empresas que participan en la construcción, mantenimiento y expansión de asentamientos ilegales, o explotan recursos naturales del pueblo palestino, actividades consideradas contrarias al derecho internacional y al principio de autodeterminación del pueblo palestino.
En este sentido, desde las organizaciones de derechos humanos se viene reclamando la adopción de medidas contra estas empresas con actividad económica en los asentamientos ilegales.
A pesar de estas resoluciones, en España siguen participando en concursos públicos empresas que colaboran activamente con la ocupación y la explotación de territorios palestinos ocupados, contraviniendo resoluciones de la ONU y principios de derecho internacional.
Existen precedentes como el caso de Irlanda en el que la Oficina de Contratación Gubernamental el gobierno de Irlanda ha dictado directrices que obligan a los órganos contratantes a verificar la implicación de las empresas en actividades que vulneren el derecho internacional y, en su caso, denegar la participación en licitaciones, o recientemente el Ayuntamiento de Barcelona, acordando excluir de sus procesos de contratación pública a aquellas empresas que aparecen en la Base de Datos de Naciones Unidas por su participación en actividades económicas vinculadas a asentamientos ilegales israelíes en el Territorio Ocupado de Palestina.
La inclusión de estas cláusulas en los procesos de contratación públicos de la Administración General del Estado permitiría dar cumplimiento a las obligaciones internacionales de España, alinear la política pública con las resoluciones de la CU y garantizar que los recursos públicos no contribuyan directa o indirectamente a situaciones de ocupación ilegal, apartheid o genocidio. También, vendría a reforzar la coherencia de las políticas de contratación pública con los compromisos internacionales de España, los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y la justicia global.
• ¿ Ha previsto el Gobierno adoptar las medidas necesarias para incluir en todos los pliegos de contratación pública (Ministerios, organismos autónomos, empresas públicas y demás entidades dependientes del Estado) una cláusula que excluya de la participación en licitaciones a empresas nacionales o extranjeras que colaboren, directa o indirectamente, con la ocupación ilegal de los Territorios Palestinos Ocupados, o con actos que puedan constituir genocidio, en aplicación de las medidas provisionales ordenadas por la CU y de la opinión consultiva del 19 de julio de 2024 que declaró ilegal la ocupación? ¿En qué plazo prevé hacerlo?
Congreso de los Diputados, 5 de septiembre de 2025.
Enrique Santiago Romero Portavoz IU/GP Plurinacional SUMAR
05/09/2025 AUTOR/A: SANTIAGO ROMERO,
Enrique Fernando (GSumar)
RESPUESTA: 78124 El Gobierno de España seguirá defendiendo el acatamiento de las decisiones adoptadas por la Corte Internacional de Justicia, incluida la Opinión Consultiva del 19 de julio de 2024. En este sentido, España, junto a otros Estados Miembros, remitieron el 19 de junio de 2025 una carta a la Alta Representante de la Unión Europea para Política Exterior, solicitando a la Comisión que estudie las implicaciones de dicha Opinión Consultiva y presente propuestas concretas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fijadas por la Corte Internacional de Justicia. Madrid, 08 de octubre de 2025
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